Empresas con más de 100 trabajadores deberán tener guarderías

El Gobierno nacional reglamentó el artículo 179 de la Ley de Contrato de Trabajo y estableció que las empresas que cuenten con más de 100 trabajadores deberán ofrecer espacios de cuidado gratuito para niños y niñas de entre 45 días y 3 años de edad que estén a cargo de los trabajadores durante su jornada laboral. La medida tiene un año para ser efectivizada. 

La normativa se publicó en el Boletín Oficial este 23 de marzo, con las firmas del presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Juan Manzur; del ministro de Trabajo de la Nación, Claudio Moroni; y de la titular del Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad nacional, Elizabeth Gómez Alcorta.

"Tendremos que esperar un año para que se pongan en marcha estos espacios y se logren las condiciones adecuadas. La medida permitirá que los y las trabajadoras puedan llevar a sus hijos a su lugar de trabajo, quedando a cuidado de personal capacitado. Pese a que la Ley de Contrato de Trabajo existe desde 1974, este artículo aun no era exigible", remarcó al respecto la abogada laboralista, Cynthia Benzion.

En caso de no ofrecer el servicio gratuito, las empresas podrán optar por abonar a sus trabajadores una suma equivalente a los gastos de guardería o el pago de niñeras.  En ambos casos, los gastos deben estar "debidamente documentados", según indicaron las autoridades en el Decreto 144/2022 que oficializó la medida. "El pago realizado por el empleador no puede ser menor al 40% del salario mensual correspondiente a la categoría “Asistencia y Cuidados de Personas” del personal con retiro", detalló la reglamentación de la normativa.

"Es para celebrar que finalmente se exija este derecho y que se haya hecho una lectura progresista, para que la norma no sea solo para las mujeres. Por otro lado, creo que es contradictorio que las empresas puedan cambiar crear las guarderías por el reintegro de los gastos. Es muy difícil en saber qué impacto tendrá esto en mejorar la vida de las mujeres trabajadoras", sostuvo la letrada. 

Las firmas que tengan establecimientos ubicados a una distancia menor a dos kilómetros, o formen parte de un mismo parque industrial, quedaron habilitadas a ofrecer espacios de cuidado conjuntos. También van a poder tercerizar los servicios de guardería, en tanto cumplan con las condiciones requeridas. Por otro lado, para aquellos que no necesiten utilizar el servicio, se prevé “la posibilidad de sustituir la obligación por el pago de una suma dineraria no remunerativa en concepto de reintegro de gastos de guardería o trabajo de cuidados de personas”.

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