El Tribunal Oral Federal 5 de CABA denegó la libertad condicional al genocida Alfredo Astiz. El genocida fue condenado a la pena de dos prisiones perpetuas por crímenes de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura cívico militar.
La petición fue denegada por los jueces Adriana Palliotti, Daniel Obligado y Fernando Canero. En el fallo, los magistrados argumentaron la negativa debido a la gravedad de los hechos y las condenas impartidas a Astiz. Además, enumeraron las sucesivas detenciones y causas contra el represor.
La negativa de excarcelación a Astiz
En este marco, los jueces también indicaron que "la pena impuesta vencerá el 7/04/2028 a las 24hs. Libertad que deberá hacerse efectiva a las 12 de ese mismo día; y su registro caducará a todos sus efectos el 7/04/2038. El condenado podría acceder al beneficio de la libertad condicional el 7/04/2023".
"En consecuencia, la solicitud de los defensores oficiales no tendrá recepción favorable toda vez que el período en detención cumplido por su asistido Astiz en los actuados en cuestión, aún sin conclusión, deberá ser considerado, oportunamente y en caso de ser procedente, al momento de practicar el respectivo cómputo de pena que corresponda en la causa referida", añadió.
Pena en cumplimiento
Además, los jueces del TOF5 afirmaron que Astiz "actualmente se encuentra cumpliendo la condena impuesta en el marco de la causa 1270 (ESMA), extremo que impide computar el plazo que va desde el 25 de noviembre de 2015 a la fecha como tiempo de detención (...) debiendo estarse, llegado el caso, a la fecha que resulte en definitiva para acceder a la libertad condicional, bajo el trámite que ella impone (...) y que resulta ajeno a la presente incidencia originada bajo el instituto de la excarcelación".
Crímenes de lesa humanidad
El fallo indicó además que "no debe soslayarse que nos encontramos frente a una persona que fue condenada -en el primer tramo que hace a estas actuaciones- por sentencia firme y confirmada por todas las instancias revisoras de la República Argentina en virtud de la comisión de crímenes que atentan contra la humanidad".
La resolución destacó que "debe tenerse en especial consideración el perfil criminológico del sujeto en cuestión, y adoptar el fiel cumplimiento de las pautas más elementales del derecho internacional de los Derechos Humanos".
Y se aseveró que "el otorgamiento del beneficio solicitado y por las características propias del delito por el cual fue condenado el solicitante Astiz, implicaría una desnaturalización de los principios antes invocados lo cual importa, en última instancia, una disminución del efecto de la pena impuesta".
La palabra de H.I.J.O.S.
"El genocida Alfredo Astiz pidió ser excarcelado. Salir a la calle. Caminar suelto, como si fuera un vecino. Pero es un asesino del pueblo. Está condenado a perpetua por delitos de lesa humanidad. El único lugar para un genocida es la cárcel común", expresó la agrupación H.I.J.O.S. Capital desde su cuenta de Twitter.
"Astiz está pidiendo la excarcelación es una provocación más de tantas que hemos recibido el estamos a dos días de que se cumplan 45 años de lo que fue el secuestro de las madres de plaza de mayo en la iglesia de la Santa Cruz donde él estuvo infiltrado", contó Agustín Cetrángolo, de la agrupación H.I.J.O.S. en IP Noticias.
En este marco, Cetrángolo remarcó la complicidad del Poder Judicial con los genocidas. "Hay un Poder Judicial que en su gran mayoría está liberando a genocidas. El 76% de los genocidas está con prisión domiciliaria o excarcelados", indicó.
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