Nunca fue dietético: los productos luego de la Ley de Etiquetado frontal

La Ley de Etiquetado Frontal entró en vigencia hace un año y ya venció el plazo para adecuar los envases. Cómo se venden los productos "light" y qué nivel de cumplimiento hay en la industria.

El 16 de febrero terminó la prórroga para que las empresas alimenticias modifiquen los envases de sus productos según lo establecido por la Ley 27.642 de Etiquetado Frontal de Alimentos.

A partir de entonces, cada vez más compradores se encuentran con los octógonos negros que indican excesos de componentes perjudiciales para la salud. Los más vistos advierten sobre altos niveles de calorías, grasas saturadas, azúcares y sodio.

Sin embargo, también se empezó a notar que algunos en productos antes denominados como "light" o "bajo en azúcares" no solo se incluyen las señales negras, sino se que borraron los etiquetados "saludables".

Esto se debe a que sin la especificación que exige ley, esas mercancías se podían señalizar con información falsa sobre su valor nutricional. En muchos casos se trata de productos ofrecidos en envases de color verde, como lo hicieron notar en redes sociales usuarios a favor y en contra de la legislación aprobada en 2021.

Bajo nivel de cumplimiento

La Ley de Etiquetado Frontal fue sancionada el 26 de octubre de 2021, promulgada en noviembre de ese año y reglamentada el 23 de marzo de 2022. Aunque desde entonces entró formalmente en vigencia, la industria alimenticia exigió extender los plazos para adecuar los envases según la nueva normativa.

Casi un año después, entre enero y febrero de 2023, la Federación Interamericana del Corazón (FIC) Argentina realizó un relevamiento para analizar el cumplimiento de distintos aspectos de la ley. La revisión incluyó seis supermercados de distintas cadenas en la ciudad de Buenos Aires.

Según los resultados, en el 83% de los supermercados (es decir, en 5 de los 6 relevados) se detectó incumplimiento respecto a "la disposición de productos en la góndola".

En ese sentido, se encontraron productos cuyos sellos no estaban sin que se deba dar vuelta el envase, lo cual elude la ley en el sentido de que, como su nombre lo indica, el etiquetado debe estar en la portada.  

Otra irregularidad detectada fueron las promociones asociadas al precio en productos con sellos. Así, se notó que el 67 por ciento de los supermercados había "15% de descuento" o "50% de descuento en la segunda unidad" en alimentos con diferentes excesos, lo cual está prohibido por la ley.