Anulan todo lo actuado por el juez Bonadio en una causa contra Cristina Kirchner

Casación anuló lo instruido por el juez Claudio Bonadio en la causa contra Cristina Kirchner por el uso de aviones presidenciales entre 2003 y 2015. El fallo apunta a la imparcialidad del magistrado y su sostenimiento por parte de un tribunal superior.

La Cámara Federal de Casación Penal anuló la instrucción del juez Claudio Bonadio en la causa judicial por uso irregular del avión presidencial que acusaba a la vicepresidenta, Cristina Fernández de Kirchner, y el expresidente Néstor Kirchner.

En la misma resolución, el tribunal ordenó apartar del proceso a los jueces de la Sala I de la Cámara, Mariano Llorens, Pablo Bertuzzi y Leopoldo Bruglia, que habían intervino en el expediente como tribunal de apelaciones, y ratificado la actuación irregular de Bonadio.

Los fundamentos de la decisión fueron acordados por mayoría y presentados por el juez Alejandro Slokar. "Menester es destacar que el derecho a ser juzgado por un juez o tribunal imparcial constituye una garantía esencial del debido proceso legal", destacó el magistrado en el fallo.

En ese sentido, se refirió a la prohibición procesal que impide a los jueces ser a la vez quienes denuncian y deciden si el acusado debe o no someterse a la investigación del hecho.

"Resulta a todas luces evidente que con toda la asertividad posible el juez denunciante prefijó la totalidad de los extremos que constituirían a posteriori las piezas inaugurales de la presente causa, individualizando la prueba relevante e incluso tipificando las conductas con la adecuación legal que ponderó de aplicación, la cual -no sin sorpresa- replicó ulteriormente en el dictado del auto de mérito", sostuvo Slokar.

La acusación contra Cristina y Néstor Kirchner

La acusación contra la Vicepresidenta fue iniciada en 2018 a raíz de testimonios obtenidos por en la causa conocida como "cuadernos". La denuncia de Bonadio apuntaba al uso de la flota de aviones presidencial para el traslado de muebles hacia El Calafate entre 2003 y 2015.

El expediente fue uno de los incluidos en la citación del juez a la expresidenta para que brindara ocho declaraciones indagatorias en un día, el 25 de febrero de 2019.

Ante la sospecha de imparcialidad, la defensa de Fernández de Kirchner recusó a Bonadio, pero este no se apartó de la causa y la decisión sobre su continuidad pasó a instancias de Llorens, Bertuzzi y Bruglia, quienes ratificaron que el denunciante debía mantenerse en su rol de juez.

"No puede omitirse que el incumplimiento de apartarse por parte del juez denunciante -luego ocurrido por vía de recusación- vio comprometer irremediablemente el deber de imparcialidad, condición indispensable para asegurar un proceso debido, a la par que atributo esencial de la función a fin de procurar la confianza ciudadana en el Poder Judicial", sostuvo Slokar al fundamentar la nulidad.

"En definitiva, es en virtud del quebrantamiento a una garantía básica que afecta al orden justo, que debe fulminarse con la sanción de nulidad todo lo actuado por el juez denunciante y a la vez instructor en la causa", enfatizó.