Entró en vigencia el DNU de Javier Milei: qué reclamos rechazó la Justicia
El decreto de necesidad y urgencia (DNU) 70/2023 firmado por el presidente, Javier Milei, y los miembros de su gabinete comenzó a regir el 29 de diciembre. Desde la presentación de la medida hasta su entrada en vigencia, la Justicia rechazó distintas demandas de medidas cautelares para suspender su validez.
Las presentaciones fueron elaboradas por organizaciones sociales y sindicales, abogados constitucionalistas y ciudadanos particulares. El fuero Contencioso Administrativo Federal recibió al menos 25 amparos, mientras que tribunales laborales revisaron reclamos de la CGT y la CTA.
La denuncia de la CGT por las medidas laborales
La CGT había presentado una medida precautelar ante el juez nacional del Trabajo Ignacio Ramonet. El reclamo, que ingresó en el juzgado el mismo día de la marcha que la central obrera encabezó en Tribunales, pedía la suspensión del capítulo IV del texto, vinculado a la reforma laboral.
No obstante, la acción fue rechazada por el magistrado debido a que el DNU del Gobierno aún no se encontraba vigente. A continuación, la organización sindical apeló la decisión y el juez hizo lugar al recurso, por lo que giró el expediente a la sala ocho de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.
La petición firmada por los secretarios generales de la CGT, Héctor Daer, Pablo Moyano y Carlos Acuña, sostiene que "se trata de conjurar un acto de autoridad que impone una reforma laboral peyorativa sin recurrir al Congreso" y que afecta "aspectos individuales y colectivos".
"El DNU 70/23, pretende introducir modificaciones permanentes y no de coyuntura o de emergencia temporal (en derecho individual del trabajo y derecho colectivo) y esta circunstancia es relevante porque no se trata de implementar remedios temporales para una alegada crisis, lo que constituye otro motivo de invalidez ostensible", argumentaron los sindicalistas.
Demandas ante el fuero Contencioso Administrativo Federal
Por otra parte, el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez reclamó ante el fuero Contencioso Administrativo Federal el dictado de una medida precautelar para suspender el DNU en su totalidad.
Entre los fundamentos de su demanda, el jurista remarcó que en el proyecto de Ley Ómnibus el Gobierno incluyó "una cláusula de ratificación" del DNU. En consecuencia, señaló, habría un "reconocimiento" por parte del Poder Ejecutivo de que no hay motivos para que las reformas propuestas no se traten en el Congreso Nacional.
Ante la misma terminal judicial se presentaron el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y la Confederación Argentina de Deportes, que reclamaron la inconstitucionalidad del decreto.
Según el CELS, la norma presidencial "se aparta del principio de división de poderes, así como suprime y restringe derechos, garantías individuales y colectivas de amplios sectores sociales".
En simultáneo, la demandante Betina Stein presentó un recurso de revocatoria ante el rechazo por parte de la sala 8 del Contencioso Administrativo a dictar la medida cautelar de suspensión a la espera de un informe "sobre la existencia de otro proceso colectivo".
Antes, el juez Esteban Furnari había rechazado disponer una precautelar contra el DNU solicitada por el Observatorio del Derecho a la Ciudad mediante un proceso colectivo. El magistrado argumento que en ese momento las disposiciones del decreto no habían entrado en vigencia.