Eutanasia: por primera vez en Italia autorizaron un "suicidio asistido"
Italia autorizó el primer caso de eutanasia regional luego de que el Tribunal Constitucional estableciera este derecho durante 2019. El paciente, un hombre de 43 años que quedó tetrapléjico tras un accidente, obtuvo la autorización para terminar con su vida luego de un largo año de debate para confirmar todos los requisitos exigidos para establecer la práctica.
Según la Corte Constitucional italiana, cualquier paciente que desee acceder a un "suicidio asistido" debe establecer la irreversibilidad de la enfermedad que lo aqueja, la insostenibilidad del dolor y una clara voluntad de terminar con su vida. El proceso en el que se debatieron las características de elegibilidad del paciente, es decir, para ser "seleccionado" para una eutanasia, fue de un año: la primera respuesta del servicio regional de Las Marcas (ASUR) fue negativa. Ante esta respuesta, un equipo de mediación judicial apeló al Tribunal de Ancona para el acceso al procedimiento y la Justicia terminó por fallar a favor de la voluntad del paciente.
"Ahora proporcionaremos, en colaboración con un experto, los detalles de los métodos de autoadministración del fármaco adecuado para Mario (nombre ficticio del paciente), en función de sus condiciones. La sentencia del Tribunal Constitucional establece que a la estructura pública del Servicio Nacional de Salud solo le corresponde la verificación de las modalidades ante el comité de ética territorial competente“, explicó la abogada Filomena Gallo, codefensora del paciente y secretaria de Asociación Luca Coscioni, una iniciativa que lucha por la libertad de investigación científica. Para la profesional, la Sanidad Pública de la región tardó tanto en permitir el procedimiento porque aún no existe una ley que defina los parámetros de los procedimientos de la eutanasia legal.
Siete países del mundo donde la eutanasia es legal
Aquellos lugares donde existe el “suicidio asistido” tienen distintas estructuras para acceder al procedimiento e involucran a distintas instituciones que determinan la posibilidad ética del tratamiento. En todos los casos, los parámetros comunes que se reiteran es la confirmación voluntaria, consciente y reiterada de los pacientes de acceder a una eutanasia y la comprobación de un cuerpo médico que asegure que no existe tratamiento alternativo o posibilidades de mejora para la situación del paciente.
- Holanda
- Bélgica
- Luxemburgo
- Canadá
- Colombia
- Nueva Zelanda
- España
¿Muerte digna o eutanasia?
En Argentina, los conceptos de "muerte digna" y "eutanasia" describen dos procedimientos distintos con un marco regulatorio que describe dos situaciones particulares. Para el régimen nacional, la Ley 26.742 (Ley de Derecho al Paciente) y el artículo 59 del Código Civil, habilita a quienes tienen enfermedades terminales a rechazar todo tipo de procedimiento que podrían estirar su tiempo de vida.
"El derecho que le asiste en caso de padecer una enfermedad irreversible, incurable, o cuando se encuentre en estadio terminal, o haya sufrido lesiones que lo coloquen en igual situación, en cuanto al rechazo de procedimientos quirúrgicos, de hidratación, alimentación, de reanimación artificial o al retiro de medidas de soporte vital, cuando sean extraordinarios o desproporcionados en relación con las perspectivas de mejoría, o que produzcan sufrimiento desmesurado, también del derecho de rechazar procedimientos de hidratación y alimentación cuando los mismos produzcan como único efecto la prolongación en el tiempo de ese estadio terminal irreversible e incurable", dice la Ley.
“Muerte digna no es dejar, ni hacer morir: es permitir morir”, señaló Ignacio Maglio, abogado, diplomado en salud pública y miembro del Consejo Directivo de la Red Bioética de la UNESCO, en una entrevista con Red/Acción. Y explicó: “Significa evitar el encarnizamiento terapéutico. Y evitar que cualquier interferencia, médica, religiosa o jurídica, pueda impedir eso que cada persona puede concebir como un morir con dignidad”.
Bajo los parámetros legales, Argentina aún no permite el proceso de eutanasia, que legalmente define como la provocación de la muerte de un paciente a su requerimiento a través de la administración de fármacos o tóxicos en dosis letales.
Eutanasia pasiva: el caso de Camila López
En Argentina, la Ley contempla la aplicación de "ortotanasia" desde la sanción de la Ley de Muerte Digna en 2012. Este procedimiento fue aprobado luego de múltiples pedidos de los padres de Camila López, una niña que nació en estado vegetativo debido a una mala praxis.
Esta norma permitió que aquellas personas que biológicamente estén vivas, pero que registran muerte cerebral, se les pueda aplicar este procedimiento. A diferencia de la eutanasia, una ortotanasia aplica los cuidados mínimos de los pacientes sin realizar procedimientos que podrían prolongar su vida, sino que se le acompaña terapéuticamente hasta el fin de su vida biológica.