Elecciones generales: 4 claves que tenés que saber
Este año, se renovará la mitad de la Cámara de Diputados (128 de 257 bancas) y un tercio del Senado (24 de 72). También algunas provincias elegirán representantes para sus legislaturas locales, intendentes, concejales, gobernadores y vices.
Para la elección de representantes en la Cámara Alta (Senado) solo está llamada a las urnas la ciudadanía de las provincias de Catamarca, Chubut, Córdoba, Corrientes, La Pampa, Mendoza, Santa Fe y Tucumán. Por su parte, 14 jurisdicciones, incluida la Ciudad de Buenos Aires, tendrán comicios provinciales internos.
¿Dónde voto?
La Cámara Electoral (CNE) publicó el padrón definitivo con los lugares de votación para las elecciones generales del 14 de noviembre.
Este año, a raíz de la pandemia de coronavirus, se habilitarán más lugares de votación para garantizar mayor distanciamiento social y evitar así posibles contagios. En cada establecimiento no habrá más de ocho mesas para sufragar. Por eso, resulta necesario chequear el lugar de votación con tiempo porque -más allá de que no se haya hecho un cambio de domicilio- en esta oportunidad el lugar asignado para votar podría ser diferente al de elecciones anteriores.
El Padrón definitivo ya está disponible en el sitio web de la CNE. Con solo ingresar a la página, los ciudadanos podrán cargar sus datos y obtener el nombre y dirección del establecimiento donde votan, la mesa asignada para sufragar y el número de orden.
¿Qué pasa si pierdo el documento antes de las elecciones?
Para emitir el voto, todos los electores habilitados deberán presentar Documento Nacional de Identidad (DNI), libreta cívica o libreta de enrolamiento. Según la reglamentación nacional, todos los tipos de documentos son válidos para votar, pero solo se puede votar con la misma versión que figura en el padrón, o con una posterior. En el caso de perder el documento, el ciudadano no podrá votar. Tampoco podrá hacerlo con una constancia de DNI en trámite porque no se considera probatoria de la identidad del elector.
¿Puedo votar si no voté en las PASO?
La participación en las generales no se considera vedada en caso de haberte ausentado a las primarias, ya que se tratan de dos obligaciones independientes. Quienes no votaron en las PASO sí podrán votar el 14 de noviembre.
El Código Nacional Electoral establece en su artículo 125 en el apartado “faltas electorales” que “se impondrá multa de $50 a $500 al elector mayor de 18 años y menor de 70 años que dejare de emitir su voto y no se justificare ante la justicia nacional electoral dentro de los sesenta 60 días de la respectiva elección”.
Asimismo, a pesar de ser dos comicios distintos, quienes se vuelvan a ausentar al comicio, las multas son ascendentes y acumulativas. Específicamente, en el caso de faltar a las generales, la sanción es de $100.
¿Se puede cortar boleta en las generales?
En las elecciones legislativas generales del 14 de noviembre los ciudadanos pueden cortar boleta. Para hacerlo, lo primero que deben saber es qué se elige en su distrito.
El corte de boleta se realiza siempre verticalmente. Así, se pueden elegir distintos partidos para cada categoría. En el caso de las generales 2021, todos los distritos eligen diputados nacionales, pero solo algunos eligen senadores nacionales: Catamarca, Tucumán, Santa Fe, Corrientes, Córdoba, Mendoza, La Pampa, y Chubut.
Mientras, eligen también legisladores locales CABA, la provincia de Buenos Aires, Catamarca, Chaco, Formosa, La Rioja, Mendoza, San Luis, Santa Fe, Santiago del Estero.