La Procuración determinó que Sergio Uñac no puede ser candidato en San Juan
El procurador general de la Nación, Eduardo Casal, dictaminó inconstitucional al intento de nueva reelección del gobernador de San Juan, Sergio Uñac.
Semanas atrás, la Corte Suprema suspendió la elección por la gobernación en San Juan, programada para el 14 de mayo, impugnando la candidatura de Uñac.
El máximo tribunal argumentó una revisión a "la virtud republicana de desalentar la posibilidad de perpetuación en el poder".
Los argumentos del procurador
Casal argumentó que la postulación de Uñac lo llevaría a un cuarto mandato en caso de resultar vencedor, lo que no está permitido por la Constitución de San Juan.
"En el mecanismo de alternancia, fijado por el constituyente local, si un ciudadano fue electo como gobernador o vicegobernador y luego reelegido inmediatamente para cualquiera de esos cargos, sólo podrá aspirar a una tercera y última reelección consecutiva adicional con la intención de desempeñarse en una de esas dos posiciones", indicó el procurador.
El dictamen
La Procuración señaló en el dictamen de 22 páginas que el tope de presentaciones para la elección se basa en "la acumulación de los tres períodos, el ejercicio ininterrumpido de 12 años en esos cargos de gobernador y vicegobernador de la provincia".
En esta línea, Casal explicó que "una vez que se advierte que la constitución local estableció, en el artículo 175, un límite de dos reelecciones como máximo para quienes ocupan indistintamente el cargo de gobernador y de vicegobernador, no cabe entender ese precepto de una manera que desvirtúe esa limitación".
Siguiendo con esta argumentación, agregó: "Lo contrario importaría admitir que una interpretación de aquella norma constitucional por los poderes constituidos locales sustituya la voluntad expresada por el poder constituyente provincial (en el caso, ejercido mediante el procedimiento de enmienda)".
Luego de plantear estos límites fijados en la Constitución provincial, Casal indicó que la nueva postulación de Uñac "se sitúa fuera de la limitación establecida en el artículo 175 de la Constitución de San Juan", resumió el procurador.