Arrancó la veda electoral: qué no se puede hacer hasta el domingo

La Ley Nacional Electoral indica una serie de restricciones y prohibiciones que los ciudadanos deben respetar durante el período de veda electoral, a partir de las 48 horas previas a la elección.

A pocos días de la jornada eleccionaria de Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) del 13 de agosto, la Ley Nacional Electoral (19.945) prevé el período de "veda electoral" con el objetivo de que la votación se lleve a cabo normalmente.

La veda en Argentina se refiere al período de tiempo previo a una elección en el cual se establecen restricciones y prohibiciones en cuestiones como la difusión de propaganda política y publicidad electoral.

Durante este período, se busca evitar que los candidatos y partidos políticos influyan en el voto de los ciudadanos justo antes de la votación.

Por otra parte, las restricciones varían en su alcance y duración según el tipo de elección (nacional, provincial o municipal) y las leyes específicas de cada jurisdicción. 

Cómo es la veda en las PASO

En este marco, se especifican una serie de puntos que regulan el período de veda electoral en las próximas PASO. 

  1. Duración de la veda: comienza a las 8:00 de la mañana del viernes 11 de agosto a la elección y se extiende hasta las 21:00 del domingo 13 de agosto, es decir, hasta tres horas posteriores al cierre de los comicios el día de la elección. 

  2. Restricciones en la difusión de mensajes políticos: durante la misma electoral, se prohíbe la difusión de propaganda política en medios de comunicación, incluyendo radio, televisión, prensa escrita, medios digitales y redes sociales. Esto incluye anuncios, entrevistas y todo tipo de contenido promocional de candidatos y partidos.

  3. Prohibición de venta y consumo de bebidas alcohólicas: la venta de bebidas alcohólicas quedará suspendida a partir de las 20:00 del día previo a la elección (10 de agosto) y se mantendrá hasta las 21:00 del 13 de agosto. Por otra parte, queda prohibido el consumo de bebidas alcohólicas en lugares públicos, bares y restaurantes. 

  4. Prohibición de actos públicos y concentraciones: no se podrán realizar actos públicos de campaña, mítines, concentraciones, caravanas u otros eventos de carácter político que estén destinados a promocionar a los candidatos o a influir en la opinión de los votantes.

  5. Prohibición de distribución de material promocional: está prohibido el reparto de folletos, volantes, afiches y otro material de campaña en lugares públicos durante la veda electoral.

  6. Publicidad en la vía pública: la colocación de carteles, afiches y otros elementos visuales de campaña en la vía pública también está prohibida durante la veda.

  7. Encuestas y sondeos: la difusión de encuestas y sondeos de opinión relacionados con la elección está restringida durante la veda, ya que se considera que podrían influir en la decisión de voto de los ciudadanos.

  8. Redes sociales y medios digitales: Las restricciones sobre publicidad política y propaganda también se aplican a las redes sociales y medios digitales. No se pueden difundir mensajes promocionales de candidatos o partidos durante la veda.

El incumplimiento de las restricciones de la veda electoral puede resultar en sanciones para los infractores, que pueden incluir multas económicas o la suspensión de los medios de comunicación que violen estas normas.