La Corte Suprema rechazó las recusaciones del Gobierno por la coparticipación
La Corte Suprema de Justicia rechazó el planteo judicial de recusación y excusación iniciado por el Gobierno en la causa sobre el recorte de coparticipación a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
La resolución de la Corte podría dictar sentencia a favor de CABA, lo que implicaría que Nación compense con una suma multimillonaria al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
La resolución de la Corte
En 2020, hubo tensiones entre el gobierno nacional y el gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, encabezado por el jefe de gobierno, Horacio Rodríguez Larreta, respecto a los fondos de coparticipación.
En ese año, el presidente, Alberto Fernández, firmó un decreto para reducir los fondos que recibía la ciudad de Buenos Aires, argumentando que se estaba corrigiendo una asignación excesiva realizada durante la administración anterior.
La medida generó controversia y llevó a que el GCBA presentara un recurso ante la Corte para impugnar la medida.
En este marco, la Corte rechazó el recurso de excusación y recusación planteado por el Gobierno Nacional, por lo que CABA quedó a las puertas de tener un fallo del máximo tribunal a su favor.
La misma, fue firmada por los magistrados Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Carlos Rosenkrantz.
Juicio al máximo tribunal
Además, la Corte ya había dictaminado que el Gobierno otorgue un 2,95% de los fondos de coparticipación al GCBA, pero la medida no fue acatada y se presentó una recusación para los jueces supremos.
En este marco, comenzó un proceso para iniciar un juicio político a los magistrados de la Corte Suprema que ya emitió un dictamen favorable en la Cámara de Diputados, argumentando "mal desempeño en sus funciones", en cuatro causas, incluyendo entre ellas a la de coparticipación.
Por su parte, la sentencia de recusación de los jueces de la Corte indicó al Estado Nacional que: "La facultad de excusación de los jueces, mediando causa legal de recusación o no, es ajena a la actividad procesal de las partes".
En esta línea, los magistrados agregaron: “Cabe recordar que resulta manifiestamente inadmisible toda alegación de prejuzgamiento motivada en la opinión que el Tribunal se haya visto en la necesidad de emitir acerca de puntos relacionados con la materia controvertida”.