El Gobierno envió al Congreso la Ley Ómnibus

El Poder Ejecutivo presentó la "Ley Ómnibus" para su debate en el Congreso, centrada en privatizaciones y desregulaciones económicas. El detalle de la normativa 👇🏽

El presidente de la Nación, Javier Milei, anunció el envío al Congreso de la "Ley de Bases y Puntos de Partida para La Libertad de los Argentinos", también conocida como "Ley Ómnibus" centrada en privatizaciones y desregulaciones económicas. 

Entre las medidas contempladas, se eliminaría la Ley de Movilidad Jubilatoria junto con la liquidación de los fondos estatales del Fondo de Garantía y Sustentabilidad (FGS) de la Anses, además de permitir el libre endeudamiento y quitar las PASO. 

El anuncio de Milei

El Presidente informó a través de redes sociales el despacho del paquete de medidas contemplados en la ley.

"Con el espíritu de restituir el orden económico y social basado en la doctrina liberal plasmada en la Constitución Nacional de 1853, presentamos al Honorable Congreso de la Nación el adjunto proyecto de ley", anunció Milei.

Mientras que señaló: "Manifestamos nuestra firme voluntad de emprender, inmediatamente y con instrumentos idóneos, la lucha contra los factores adversos que atentan contra la libertad de los argentinos; que impiden el correcto funcionamiento de la economía de mercado y son la causa del empobrecimiento de la Nación".

Los puntos centrales de la Ley Ómnibus

El pliego consta de 183 páginas con 664 artículos donde se declara, en primer lugar, la emergencia pública "en materia económica, financiera, fiscal, previsional, de seguridad, defensa, tarifaria, energética, sanitaria, administrativa y social hasta el 31 de diciembre de 2025".

De este inicio, se desprende la reestructuración de toda la administración pública nacional, con la subsiguiente privatización de las empresas públicas y la "renegociación o en su caso rescisión de los contratos de cualquier tipo que generen obligaciones a cargo del Estado" que hubieran sido firmados antes del 10 de diciembre de 2023.

Además, en el artículo 654 se ratifica el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/23 conocido como megadecreto de desregulación económica que elimina y modifica unas 300 leyes votadas en el Congreso. 

Por otro lado, se plantea la necesidad de eliminar las  Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO), junto con las listas sábanas y la formulación de un "sistema de elección de diputados nacionales en base a circunscripciones uninominales". 

Esto dejaría de lado el sistema de representación proporcional donde "los diputados nacionales serán elegidos directamente por el pueblo de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que se consideran a este fin como distritos electorales de un solo Estado. A ese efecto, cada distrito se dividirá en un número de circunscripciones igual al número de diputados que se eligen. Cada elector votará solamente por una lista integrada por un candidato titular y un candidato suplente que deben ser de diferente género". 

Privatizaciones y desregulaciones económicas

El capítulo segundo de la normativa está centrado en las privatizaciones de todo el aparato estatal o de la mayoría de sus componentes.

De esta forma, empresas de sesgo estatal como YPF, Correo Argentino, Aerolíneas Argentinas y Télam, entre otras, pasarían a manos de entes privados.

"Se constituirán sociedades anónimas, en las cuales el Poder Ejecutivo nacional podrá conservar una (1) acción con derecho a veto en las decisiones que impliquen el cierre de la actividad", destacó la ley. 

Además, el apartado de desregulaciones económicas elimina leyes "en favor de la libre economía de mercado" como la de Defensa de la Competencia, la de aranceles para la importación de azúcar y la derogación del artículo primero de la Ley de Fortalecimiento de la sostenibilidad de la deuda pública.

Esta última, prevé que el Gobierno pueda emitir deuda en moneda extranjera sin necesidad de pasar por el respaldo del Congreso.

En otro orden, se elimina la Ley de Movilidad Jubilatoria y los aumentos a jubilados y pensionados se darán por decreto presidencial.

"Hasta tanto se establezca una fórmula automática, el Poder ejecutivo nacional podrá realizar aumentos periódicos atendiendo prioritariamente a los beneficiarios de más bajos ingresos", se destaca en el artículo 106.