ANSES reconoce aportes jubilatorios

Este lunes comienza la atención en la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) a mujeres mayores de 60 años que no tengan aportes registrados y se hayan dedicado al trabajo doméstico. La medida fue anunciada por el presidente Alberto Fernández y fue publicada en el Boletín Oficial. Los turnos pueden tramitarse de manera online. 

La iniciativa busca "reparar una desigualdad histórica y estructural en la distribución de las tareas de cuidado, al reconocer y valorar el tiempo que las mujeres destinaron y destinan a la crianza de sus hijas e hijos", informaron desde ANSES. Además, "iguala oportunidades y genera las condiciones necesarias para que miles de mujeres puedan acceder al derecho a jubilarse".

El beneficio se computará de dos maneras:

  • Un año de aportes por hija/o.
  • Dos años de aportes por hija/o adoptada/o.
  • De forma adicional, se agregará un año por hija/o con discapacidad y dos años en caso de que haya sido beneficiaria/o de la Asignación Universal por Hija/o por al menos 12 meses.

Además, se incluirán los plazos de licencia por maternidad y de excedencia de maternidad a las mujeres que hayan hecho uso de estos períodos al momento del nacimiento de sus hijos o hijas.

¿A quiénes les corresponde?

El nuevo reconocimiento está destinado a mujeres con hijas y/o hijos, en edad de jubilarse (60 años o más) que no cuenten con los años de aportes necesarios. Únicamente podrán acceder a esta medida aquellas mujeres que no cuenten con una jubilación ya otorgada o en trámite.

Recomendaciones

Desde ANSES recomiendan revisar si los vínculos familiares están actualizados en MiANSES, ya que es importante que todos los hijos estén dentro del sistema. Para ello hay que ingresar a la sección de "mi ANSES" con el CUIL y clave de la seguridad social. Luego, seleccionar la opción “Información personal” y luego “Relaciones familiares”.

 

Este lunes comienza la atención en la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) a mujeres mayores de 60 años que no tengan aportes registrados y se hayan dedicado al trabajo doméstico. La medida fue anunciada por el presidente Alberto Fernández y fue publicada en el Boletín Oficial. Los turnos pueden tramitarse de manera online. 

La iniciativa busca "reparar una desigualdad histórica y estructural en la distribución de las tareas de cuidado, al reconocer y valorar el tiempo que las mujeres destinaron y destinan a la crianza de sus hijas e hijos", informaron desde ANSES. Además, "iguala oportunidades y genera las condiciones necesarias para que miles de mujeres puedan acceder al derecho a jubilarse".

El beneficio se computará de dos maneras:

  • Un año de aportes por hija/o.
  • Dos años de aportes por hija/o adoptada/o.
  • De forma adicional, se agregará un año por hija/o con discapacidad y dos años en caso de que haya sido beneficiaria/o de la Asignación Universal por Hija/o por al menos 12 meses.

Además, se incluirán los plazos de licencia por maternidad y de excedencia de maternidad a las mujeres que hayan hecho uso de estos períodos al momento del nacimiento de sus hijos o hijas.

¿A quiénes les corresponde?

El nuevo reconocimiento está destinado a mujeres con hijas y/o hijos, en edad de jubilarse (60 años o más) que no cuenten con los años de aportes necesarios. Únicamente podrán acceder a esta medida aquellas mujeres que no cuenten con una jubilación ya otorgada o en trámite.

Recomendaciones

Desde ANSES recomiendan revisar si los vínculos familiares están actualizados en MiANSES, ya que es importante que todos los hijos estén dentro del sistema. Para ello hay que ingresar a la sección de "mi ANSES" con el CUIL y clave de la seguridad social. Luego, seleccionar la opción “Información personal” y luego “Relaciones familiares”.

 

Ver más
Ver más

Prorrogan las medidas de restricción hasta el 6 de agosto

El Gobierno Nacional prorrogó este viernes por cuatro semanas, hasta el 6 de agosto, la vigencia del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) con medidas sanitarias para mitigar el impacto de la segunda ola de coronavirus en el país, a través de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial.

El DNU que entrará en vigencia este sábado 10 de julio faculta a gobernadores y al jefe de Gobierno porteño a adoptar medidas ante la verificación de determinados parámetros, a través del denominado "semáforo epidemiológico", que se divide en bajo, mediano y alto riesgo según la evolución de la pandemia en cada distrito del país.

En el último reporte, el Ministerio de Salud constató 19.256 nuevos contagios de coronavirus y 466 muertes en las últimas 24 horas, por lo que asciende a 4.613.019 los infectados y 97.904 los fallecidos desde el inicio de la pandemia.

Además, en el marco del Plan Nacional de Vacunación, la cartera sanitaria indicó que se llevan distribuidas 27.112.144 dosis, de las cuales se aplicaron 23.978.371. De esa cantidad, 19.102.591 personas recibieron una dosis y 4.875.780 el esquema completo.

El Gobierno Nacional prorrogó este viernes por cuatro semanas, hasta el 6 de agosto, la vigencia del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) con medidas sanitarias para mitigar el impacto de la segunda ola de coronavirus en el país, a través de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial.

El DNU que entrará en vigencia este sábado 10 de julio faculta a gobernadores y al jefe de Gobierno porteño a adoptar medidas ante la verificación de determinados parámetros, a través del denominado "semáforo epidemiológico", que se divide en bajo, mediano y alto riesgo según la evolución de la pandemia en cada distrito del país.

En el último reporte, el Ministerio de Salud constató 19.256 nuevos contagios de coronavirus y 466 muertes en las últimas 24 horas, por lo que asciende a 4.613.019 los infectados y 97.904 los fallecidos desde el inicio de la pandemia.

Además, en el marco del Plan Nacional de Vacunación, la cartera sanitaria indicó que se llevan distribuidas 27.112.144 dosis, de las cuales se aplicaron 23.978.371. De esa cantidad, 19.102.591 personas recibieron una dosis y 4.875.780 el esquema completo.

Ver más
Ver más

Impuesto a las Ganancias: el Gobierno nacional reglamentó la modificación

El Gobierno Nacional reglamentó la modificación del Impuesto a las Ganancias, ley sancionada en el Congreso el pasado 8 de abril, según fue publicado este martes en el Boletín Oficial, normativa que beneficiará alrededor de 1.270.000 de trabajadores y jubilados. La Ley 27.617 eleva el piso a partir del que los trabajadores en relación de dependencia empiezan a pagar el tributo a $ 150.000 mensuales de salario bruto, modificación que también se extiende a los jubilados que perciban hasta ocho haberes mínimos. Los trabajadores que cobren entre $ 150.000 y $ 173.000 pagarán el gravamen, pero la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) establecerá las deducciones para evitar grandes diferencias entre los que deben tributar y los que están exentos. Asimismo, la actualización del piso para estar exento de Ganancias se ajustará por el Ripte (promedio de variación salarial que elabora la de Secretaria de Seguridad Social). Tampoco el aguinaldo de los sueldos hasta $ 150.000 brutos pagará Ganancias, mientras que el personal de salud seguirá eximido hasta setiembre por las guardias u horas extras, en virtud de la pandemia de coronavirus.

El Gobierno Nacional reglamentó la modificación del Impuesto a las Ganancias, ley sancionada en el Congreso el pasado 8 de abril, según fue publicado este martes en el Boletín Oficial, normativa que beneficiará alrededor de 1.270.000 de trabajadores y jubilados. La Ley 27.617 eleva el piso a partir del que los trabajadores en relación de dependencia empiezan a pagar el tributo a $ 150.000 mensuales de salario bruto, modificación que también se extiende a los jubilados que perciban hasta ocho haberes mínimos. Los trabajadores que cobren entre $ 150.000 y $ 173.000 pagarán el gravamen, pero la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) establecerá las deducciones para evitar grandes diferencias entre los que deben tributar y los que están exentos. Asimismo, la actualización del piso para estar exento de Ganancias se ajustará por el Ripte (promedio de variación salarial que elabora la de Secretaria de Seguridad Social). Tampoco el aguinaldo de los sueldos hasta $ 150.000 brutos pagará Ganancias, mientras que el personal de salud seguirá eximido hasta setiembre por las guardias u horas extras, en virtud de la pandemia de coronavirus.

Ver más
Ver más

Las jubilaciones, pensiones y asignaciones aumentarán en junio

Mediante la Resolución 105/2021 publicada en el boletín oficial, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) anunció que el valor de la movilidad del mes de junio de 2021 será de 12,12%, por lo que la jubilación mínima ascenderá a $23.064.

A su vez, la Asignación Universal por Hijo aumentará a $4.504, lo que impactará en otras Asignaciones Familiares como la de embarazo, prenatal, nacimiento, adopción y matrimonio. Sobre dichos incrementos, la titular de la ANSES, Fernanda Raverta, manifestó: “El aumento de 12,12 por ciento permitirá que en el segundo trimestre del 2021 la totalidad de las prestaciones se vean incrementadas por encima de la inflación del período”.

Mediante la Resolución 105/2021 publicada en el boletín oficial, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) anunció que el valor de la movilidad del mes de junio de 2021 será de 12,12%, por lo que la jubilación mínima ascenderá a $23.064.

A su vez, la Asignación Universal por Hijo aumentará a $4.504, lo que impactará en otras Asignaciones Familiares como la de embarazo, prenatal, nacimiento, adopción y matrimonio. Sobre dichos incrementos, la titular de la ANSES, Fernanda Raverta, manifestó: “El aumento de 12,12 por ciento permitirá que en el segundo trimestre del 2021 la totalidad de las prestaciones se vean incrementadas por encima de la inflación del período”.

Ver más
Ver más