En el cierre de una maratónica sesión de 12 horas en donde convirtió en ley el alivio fiscal a monotributistas y dio media sanción al proyecto de cannabis industrial y medicinal, el Senado convirtió en ley el nuevo marco regulatorio de la producción de biocombustibles por 43 votos a favor y 19 negativos. Habrá una reducción del corte obligatorio del 10% al 5% en la mezcla entre biodiesel y gasoil. Y en el caso del combustible elaborado a base de caña de azúcar, los volúmenes deberán ser del 6% de la mezcla mínima obligatoria, y del mismo porcentaje para el bioetanol a base de maíz. Esta ley reemplaza al régimen que regía desde hace quince años y había vencido en mayo, luego extendido temporalmente por el Poder Ejecutivo.
Un punto del proyecto que generó debate, es el artículo que implica que la Secretaría de Energía podrá "elevar el referido porcentaje mínimo obligatorio cuando lo considere conveniente en función del abastecimiento de la demanda, la balanza comercial, la promoción de inversiones en economías regionales y/o razones ambientales o técnicas". De forma inversa, el corte podrá reducirse hasta el 3% "cuando el incremento en los precios de los insumos básicos para la elaboración del biodiésel pudiera distorsionar el precio del combustible fósil en el surtidor, o ante situaciones de escasez de biodiésel por parte de las empresas elaboradoras".
Alivio fiscal a monotributistas y cambios en Ganancias
El Senado también convirtió en ley el alivio fiscal para más de 4 millones de monotributistas y cambios en el Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales para fomentar la inversión en moneda nacional. El llamado "alivio fiscal" para monotributistas establece una amplia moratoria para quienes cayeron del sistema en los últimos 3 años, modifica las escalas para aliviar la situación fiscal y corre a junio la fecha del cambio de la alícuota para eliminar las deudas generadas.
El proyecto plantea el sostenimiento de los valores mensuales de las cuotas a ingresar: el valor de las cuotas de enero a junio de 2021 será el vigente a diciembre de 2020. La actualización de la cuota regirá a partir de julio de 2021.
Además, establece un esquema progresivo de actualización de escalas: duplica para las categorías más bajas el incremento del 35% de este año (el aumento de la categoría A es del 77% respecto de diciembre 2020). Se fijan a partir del 1 de julio de 2021, nuevos parámetros de ingresos brutos anuales que complementan el régimen vigente desde enero de 2021, sin aumentar el valor mensual de la categoría (“cuota mensual”) del Monotributo.