Colombia: murió Martha Sepúlveda tras la aplicación de la eutanasia legal

El primer intento para aplicar el procedimiento había sido cancelado, pero la paciente recurrió a la Justicia. Finalmente, el 8 de enero, Martha Sepúlveda murió mediante la aplicación de una eutanasia legal.

Martha Sepúlveda ganó su batalla para acceder a una eutanasia legal: el sábado 8 de enero murió en Medellín en el Instituto Colombiano del Dolor. A pesar de que en Colombia el procedimiento es legal, el caso había tomado relevancia internacional, ya que la mujer se convirtió en la primera paciente con una enfermedad no terminal en acceder a este tipo de tratamiento.

A pesar de que en el país latinoamericano la eutanasia fue despenalizada en 1997 y reglamentada en 2015, la paciente debió apelar a la Justicia por su caso excepcional. Aunque la enfermedad que sufría (esclerosis lateral amiotrófica - ELA- ) no es terminal, la mujer fundamentó que al ser una enfermedad neurológica degenerativa, su calidad de vida sería altamente precaria. El juez falló a favor de Sepúlveda y logró conseguir el tratamiento.

“Conceder el amparo constitucional para la protección de los derechos fundamentales a morir dignamente, la vida digna, el libre desarrollo de la personalidad y la dignidad humana, que la IPS Instituto Colombiano del Dolor S.A.S. ha vulnerado a la señora Martha Liria Sepúlveda Campo, razón por la cual se ordena a la citada IPS, cumplir con lo establecido por el comité científico interdisciplinario para morir dignamente, en acta emitida el pasado 6 de agosto del presente año, por medio de la cual, se le informa y reconoce a la tutelante, que cumple con los requisitos para ejercer su derecho a morir dignamente a través de la eutanasia según lo establecido por el precedente jurisprudencial”, señaló el fallo.

El fallo que canceló la eutanasia de Sepúlveda

Según comunicó el Instituto Colombiano del Dolor, la primera fecha de eutanasia para Martha Sepúlveda había sido cancelada de manera imprevista. La mujer y su familia relataron que, desde que había recibido el diagnóstico de esclerosis lateral ameotrófica su calidad de vida había empeorado. En julio de 2021, la Corte Constitucional colombiana extendió “el derecho a una muerte digna” a quienes padecen "un intenso sufrimiento físico o psíquico". La polémica no tardó en llegar: sectores religiosos le pidieron que reconsiderara su decisión.

El derecho a vivir y el derecho a morir

La eutanasia es presentada por la Fundación colombiana Por Derecho a Morir Dignamente como “una extensión natural del derecho fundamental a vivir dignamente” en el que las personas pueden decidir cómo morir, ante el diagnóstico de enfermedades degenerativas y/o terminales. Quienes acceden a este derecho, ponen límites a familiares, profesionales de la salud e incluso el Estado sobre las decisiones que se tomarán sobre su cuerpo. La ley fue sancionada en 2015.

Requisitos para acceder a la eutanasia en Colombia

Según la resolución que establece la aplicación de la ley, hay que cumplir con las siguientes condiciones para solicitar una muerte digna:

  • Presencia de una condición clínica de fin de vida (enfermedad incurable avanzada, enfermedad terminal o agonía).
  • Presentar sufrimiento secundario a esta.
  • Estar en condiciones de expresar la solicitud de manera directa.

La ley de Eutanasia en el mundo

Colombia es uno de los pocos países que contempla este procedimiento. Países Bajos es el primero en la historia en autorizarlo: se legalizó en 2002. Algunos meses después, Bélgica se sumó a la lista y hoy cuenta con la posibilidad de practicarlo incluso en menores de 12 años con enfermedades terminales. En 2009, Luxemburgo se convirtió en el tercer país europeo en agregar tal legislación. En marzo de este año, España aprobó la eutanasia en medio de las polémicas generadas por su tradición profundamente católica.

En Canadá, que aprobó la eutanasia en 2016, los requisitos son más estrictos y en Nueva Zelanda, la decisión se tomó por consulta popular en un referéndum en 2020. En América Latina, el procedimiento de muerte digna está prohibido. En Argentina se aprobó una ley en 2012 que le otorga a los pacientes con enfermedades terminales o irreversibles la posibilidad de rechazar tratamientos que prolonguen artificialmente su vida.