El debate por una Ley de Eutanasia podría iniciar en el Congreso. Así lo solicita un pedido firmado por siete diputadas nacionales que desde distintos bloques impulsan proyectos para tratar el derecho a decidir sobre la muerte. En el video, podés ver un repaso por los proyectos en discusión.
La solicitud de las legisladoras se ampara en el artículo 109 del reglamento de la Cámara de Diputados, el cual establece que si al menos tres miembros de una comisión piden que se discuta un asunto, quien presida debe integrarlo al temario. En este caso, las diputadas integran la Comisión de Salud, encabezada por la diputada Mónica Fein, del Partido Socialista Popular.
Actualmente hay dos proyectos pendientes de tratamiento en comisiones. Uno fue presentado en noviembre de 2021 por la radical Jimena Latorre, que representa a Mendoza, junto a sus pares Alfredo Cornejo y Alejandro Cacace, con el nombre de "Ley de Buena Muerte y regulación de la eutanasia".
El otro se llama "Ley de Derecho a la Prestación de Ayuda para Morir Dignamente" o "Ley Alfonso", fue presentado el 6 de diciembre y es impulsado por Gabriela Estévez, diputada del Frente de Todos.
Hay, además, otra iniciativa titulada "Ley de Interrupción Voluntaria de la Vida", presentada por Julio Cobos y Pamela Verasay, del bloque de la UCR en Diputados, el 30 de noviembre. No obstante, al momento de dar a conocer el proyecto ambos ocupaban cargos en el Senado, por lo que deberían volver a ingresarlo en la Cámara baja.
Puntos en común de los proyectos
Se conoce como eutanasia a la práctica médica que consiste en provocar la muerte de un paciente a su requerimiento, siempre y cuando sea portador de una enfermedad terminal o que provoca un sufrimiento incontrolable. Se realiza a través de la administración de una medicación bajo supervisión de profesionales de la salud.
Los tres proyectos presentados en Argentina coinciden en un punto central: que las personas mayores de edad que cursan una enfermedad crónica e incurable, y que vean afectada su dignidad sin diagnóstico de mejoría, puedan decidir cuándo morir.
Al respecto del procedimiento, las tres iniciativas contemplan la "práctica eutanásica", es decir, un profesional de salud es quien administra la sustancia que provoca la muerte; o la "muerte asistida", en donde un profesional de la salud prescribe la sustancia, pero es el paciente quien se la administra.
Los proyectos también tienen en común la instauración de dos figuras claves en el proceso. Por un lado, la del médico responsable, quien tiene a cargo el paciente y obra como interlocutor principal, por lo que tiene la facultad de autorizar o denegar la práctica.
Por otro, el médico consultor, que debe estar especializado en la patología de la persona y ser independiente del responsable. Se encarga de otorgar la confirmación médica del diagnóstico, las opciones terapéuticas y el pronóstico de vida del paciente.
Por último, las tres propuestas incluyen la objeción de conciencia individual o de las instituciones de salud, en los mismos términos que la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo.
Diferencias en los proyectos
Mientras los proyectos de Cobos y Estévez consideran el derecho a la eutanasia para los mayores de edad, en la iniciativa de Latorre, Cornejo y Cacace pueden pedirla los ciudadanos mayores a los 16 años y los adolescentes entre 13 y 16 años, asistidos por sus representantes.
Otra discrepancia es que la iniciativa firmada por Cobos obliga a que el paciente que requiera la eutanasia tramite un consentimiento informado por escrito ante un escribano público o juzgado de primera instancia. En el caso del proyecto de la diputada Estévez se solicita dos testigos que den cuenta de que el paciente actúa por voluntad propia.
La eutanasia en Latinoamérica y el mundo
Actualmente España, Bélgica, Holanda, Canadá, Nueva Zelanda, Luxemburgo y varios estados de Estados Unidos reconocen el derecho a la eutanasia. En Latinoamérica solo es legal en Colombia, mientras que en Perú no es legal, pero el Estado le garantizó a Ana Estrada su derecho a acceder a la eutanasia después de un largo juicio.
En 2012 se sancionó en Argentina la Ley de Muerte Digna, que permite a pacientes con enfermedades terminales e irreversibles pedir que se suspenda el soporte de hidratación y alimentación. En 2015, una modificación del Código Civil estableció que las personas pueden formular directivas anticipadas, es decir, consentir o rechazar determinados tratamientos médicos, preventivos o paliativos, y decisiones relativas a su salud, siempre bajo supervisión del médico a cargo.