A través de un comunicado, el Gobierno Nacional le respondió a la Corte

A través de un comunicado, el Gobierno Nacional respondió este martes al reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia, que determinó que la Ciudad de Buenos Aires tiene autonomía para mantener la presencialidad en las aulas porteñas.

En un documento que lleva la firma del secretario de Comunicación y Prensa de la Nación, Juan Pablo Biondi, se expresó que "la sentencia de la Corte Suprema no resolvió un caso particular y concreto, sino que realiza consideraciones indicativas, toda vez que ya no se encuentra vigente el DNU cuestionado".

"El Poder Judicial no cuenta con los instrumentos necesarios para evaluar la idoneidad de los indicadores sanitarios", se agregó en otro pasaje del documento.

 

El texto completo del comunicado del Gobierno

1. Que la pandemia de Covid-19 ya ha cobrado, en el mundo, más de 3,22 millones de muertes y se han registrado más de 154 millones de contagios. En la Argentina hay más de 3 millones de casos y debemos lamentar la muerte de más de 64.800 personas.

2. Que, en todo el mundo, frente a la pandemia, las autoridades han debido adoptar en forma urgente y excepcional, medidas de cuidado que implican restricciones, incluyendo cuarentenas, limitaciones a la circulación y suspensión de clases presenciales

3. Que, en el marco de excepcionalidad que estamos viviendo, desde el año 2020 el Gobierno nacional ha debido disponer medidas imprescindibles para fortalecer el sistema sanitario -que se encontraba fuertemente debilitado- y prepararlo para enfrentar la pandemia. También ha debido tomar medidas urgentes, extendidas y anticipatorias para contener y mitigar los contagios a fin de evitar la saturación del sistema de salud con el consiguiente aumento de la mortalidad. Todas estas medidas han sido cumplidas por la gran mayoría de argentinos y argentinas, que con su esfuerzo y compromiso han logrado que no hubiera que lamentar consecuencias aún más gravosas que las que estamos viviendo.

4. Que también se han adoptado medidas necesarias de contención económica y social.

5. Que, con inusitado rigor formal, como si no estuviese en riesgo la salud pública y los derechos subjetivos que de ella derivan, como la vida, la Corte Suprema ha sostenido que, al suspender por quince días las clases presenciales en el conglomerado urbano del AMBA, el Gobierno Nacional se habría basado en «consideraciones meramente conjeturales» con insuficiente fundamentación.

6. Que es un deber y un objetivo central de este Gobierno garantizar el derecho constitucional a la educación; y sabemos, sin ninguna duda, que este derecho se ejerce con mayor plenitud cuando se desarrolla en la modalidad presencial con docentes, niños, niñas y adolescentes en las aulas.

7. Que, al momento de dictarse el DNU cuestionado, el AMBA exhibía un crecimiento exponencial de contagios mayor al que presentaba el resto del país y el sistema de salud se hallaba fuertemente tensionado, con peligro de saturación. Que también se ha verificado durante el año 2020 que la situación epidemiológica del AMBA se extiende a las demás regiones del país.

8. Que, desde el punto de vista epidemiológico y sanitario, el AMBA, como aglomerado urbano, constituye una unidad inescindible, y así lo reconocieron todas las autoridades durante la gestión de la pandemia durante el año 2020.

9. Que, en tal situación, omitir la adopción de medidas oportunas, similares a las que se adoptaron en otros lugares del mundo que registraban un crecimiento de casos mucho menor que el que exhibía el AMBA, hubiese significado aceptar un riesgo de consecuencias irreversibles para la salud pública y para la vida de las personas.

10. Que las distintas jurisdicciones se encontraban facultadas por el DNU entonces vigente para adoptar medidas a fin de mitigar los contagios que crecían en forma exponencial. Que la Ciudad de Buenos Aires, pese a contar con esa facultad, omitió adoptar medidas en ese sentido y el crecimiento de casos en el AMBA generó una situación de alarma epidemiológica y sanitaria que podía llevar, en poco tiempo, a la saturación del sistema de salud.

11. Que, ante tal situación, el Gobierno Nacional adoptó, mediante el DNU 241/2021, diversas medidas para disminuir la velocidad en la curva de contagios y, con ello, la crisis del sistema sanitario y el aumento de la mortalidad.

12. Que el gobierno Nacional fue elegido en elecciones democráticas, en el marco del Estado de Derecho, para adoptar las medidas que considera pertinentes para proteger la salud pública y la vida de las personas, así como la oportunidad, mérito y conveniencia de las mismas, en el marco de una pandemia producida por un virus que no reconoce límites políticos y que el año pasado, desde el AMBA, se extendió a todo el país.

13. Que las medidas adoptadas en el decreto mencionado fueron cumplidas por la mayoría de los argentinos y argentinas, y también por los ciudadanos y ciudadanas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, pese a que el GCBA desoyó e incumplió, en parte, la norma federal dictada.

14. Que la utilidad de las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional a través del DNU 241/2021 se verificó con la disminución de la curva de contagios en el AMBA, y en forma más marcada esta disminución se verifica en la provincia de Buenos Aires. En cambio, resulta contra fáctico y no puede verificarse qué hubiera sucedido si el Gobierno Nacional no hubiera adoptado medidas a tiempo, ante la pasividad del GCBA.

15. Que también el GCBA ha demostrado que ha constatado y comprendido, al menos en parte, la utilidad de las medidas dispuestas, en atención a las últimas disposiciones que implementó y que implican una reducción de la presencialidad en la actividad educativa y, por lo tanto, de circulación de personas, en el marco de la segunda ola de Covid-19.

16. Que la sentencia de la Corte Suprema de Justicia conocida en el día de hoy no resolvió un caso particular y concreto, sino que realiza consideraciones indicativas, toda vez que ya no se encuentra vigente el DNU cuestionado. El mismo tribunal admite, como ya lo había hecho en la Acordada 6/2020, que el Poder Judicial no cuenta con los instrumentos necesarios para evaluar la idoneidad de los indicadores sanitarios y epidemiológicos y, por lo tanto, las medidas aptas para contener los contagios.

17. Que, actualmente, se encuentra vigente el DNU 287/2021 que ha adoptado parámetros epidemiológicos y sanitarios específicos y ha calificado los distintos partidos, departamentos y aglomerados urbanos en Alto, Mediano o Bajo riesgo epidemiológico y sanitario, o en Alerta Epidemiológica y Sanitaria. En esta última clasificación se incluye a la Ciudad de Buenos Aires y a los partidos de la provincia de Buenos Aires que conforman el aglomerado del AMBA.

18. Que dicho DNU explica con claridad los motivos por los cuales se adoptan las medidas allí dispuestas y se encuentra plenamente vigente. Se trata de una norma federal que no ha sido cuestionada judicialmente por el GCBA.

19. Que el Gobierno nacional ha comunicado que, en los próximos días, enviará al Congreso Nacional, para su consideración, una ley marco para regular la gestión de esta gravísima pandemia por parte del Gobierno Nacional, de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

20. Que el Gobierno nacional siempre, y también ahora, trabaja priorizando la salud y la vida de argentinos y argentinas. Con esa convicción seguirá trabajando para traer vacunas y vacunar a los y las habitantes de nuestro país, para cuidar la salud pública y la vida, preservando la economía. Con esos objetivos exhorta a todas las personas a redoblar esfuerzos para dar cumplimiento a las medidas de cuidado y de contención de contagios. Nuestro propósito es que podamos volver, cuanto antes, a vivir con la mayor normalidad posible, desarrollando plenamente las actividades que hoy se encuentran temporariamente restringidas por la pandemia. Es lo que más anhelamos y por lo cual trabajamos cada día.

A través de un comunicado, el Gobierno Nacional respondió este martes al reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia, que determinó que la Ciudad de Buenos Aires tiene autonomía para mantener la presencialidad en las aulas porteñas.

En un documento que lleva la firma del secretario de Comunicación y Prensa de la Nación, Juan Pablo Biondi, se expresó que "la sentencia de la Corte Suprema no resolvió un caso particular y concreto, sino que realiza consideraciones indicativas, toda vez que ya no se encuentra vigente el DNU cuestionado".

"El Poder Judicial no cuenta con los instrumentos necesarios para evaluar la idoneidad de los indicadores sanitarios", se agregó en otro pasaje del documento.

 

El texto completo del comunicado del Gobierno

1. Que la pandemia de Covid-19 ya ha cobrado, en el mundo, más de 3,22 millones de muertes y se han registrado más de 154 millones de contagios. En la Argentina hay más de 3 millones de casos y debemos lamentar la muerte de más de 64.800 personas.

2. Que, en todo el mundo, frente a la pandemia, las autoridades han debido adoptar en forma urgente y excepcional, medidas de cuidado que implican restricciones, incluyendo cuarentenas, limitaciones a la circulación y suspensión de clases presenciales

3. Que, en el marco de excepcionalidad que estamos viviendo, desde el año 2020 el Gobierno nacional ha debido disponer medidas imprescindibles para fortalecer el sistema sanitario -que se encontraba fuertemente debilitado- y prepararlo para enfrentar la pandemia. También ha debido tomar medidas urgentes, extendidas y anticipatorias para contener y mitigar los contagios a fin de evitar la saturación del sistema de salud con el consiguiente aumento de la mortalidad. Todas estas medidas han sido cumplidas por la gran mayoría de argentinos y argentinas, que con su esfuerzo y compromiso han logrado que no hubiera que lamentar consecuencias aún más gravosas que las que estamos viviendo.

4. Que también se han adoptado medidas necesarias de contención económica y social.

5. Que, con inusitado rigor formal, como si no estuviese en riesgo la salud pública y los derechos subjetivos que de ella derivan, como la vida, la Corte Suprema ha sostenido que, al suspender por quince días las clases presenciales en el conglomerado urbano del AMBA, el Gobierno Nacional se habría basado en «consideraciones meramente conjeturales» con insuficiente fundamentación.

6. Que es un deber y un objetivo central de este Gobierno garantizar el derecho constitucional a la educación; y sabemos, sin ninguna duda, que este derecho se ejerce con mayor plenitud cuando se desarrolla en la modalidad presencial con docentes, niños, niñas y adolescentes en las aulas.

7. Que, al momento de dictarse el DNU cuestionado, el AMBA exhibía un crecimiento exponencial de contagios mayor al que presentaba el resto del país y el sistema de salud se hallaba fuertemente tensionado, con peligro de saturación. Que también se ha verificado durante el año 2020 que la situación epidemiológica del AMBA se extiende a las demás regiones del país.

8. Que, desde el punto de vista epidemiológico y sanitario, el AMBA, como aglomerado urbano, constituye una unidad inescindible, y así lo reconocieron todas las autoridades durante la gestión de la pandemia durante el año 2020.

9. Que, en tal situación, omitir la adopción de medidas oportunas, similares a las que se adoptaron en otros lugares del mundo que registraban un crecimiento de casos mucho menor que el que exhibía el AMBA, hubiese significado aceptar un riesgo de consecuencias irreversibles para la salud pública y para la vida de las personas.

10. Que las distintas jurisdicciones se encontraban facultadas por el DNU entonces vigente para adoptar medidas a fin de mitigar los contagios que crecían en forma exponencial. Que la Ciudad de Buenos Aires, pese a contar con esa facultad, omitió adoptar medidas en ese sentido y el crecimiento de casos en el AMBA generó una situación de alarma epidemiológica y sanitaria que podía llevar, en poco tiempo, a la saturación del sistema de salud.

11. Que, ante tal situación, el Gobierno Nacional adoptó, mediante el DNU 241/2021, diversas medidas para disminuir la velocidad en la curva de contagios y, con ello, la crisis del sistema sanitario y el aumento de la mortalidad.

12. Que el gobierno Nacional fue elegido en elecciones democráticas, en el marco del Estado de Derecho, para adoptar las medidas que considera pertinentes para proteger la salud pública y la vida de las personas, así como la oportunidad, mérito y conveniencia de las mismas, en el marco de una pandemia producida por un virus que no reconoce límites políticos y que el año pasado, desde el AMBA, se extendió a todo el país.

13. Que las medidas adoptadas en el decreto mencionado fueron cumplidas por la mayoría de los argentinos y argentinas, y también por los ciudadanos y ciudadanas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, pese a que el GCBA desoyó e incumplió, en parte, la norma federal dictada.

14. Que la utilidad de las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional a través del DNU 241/2021 se verificó con la disminución de la curva de contagios en el AMBA, y en forma más marcada esta disminución se verifica en la provincia de Buenos Aires. En cambio, resulta contra fáctico y no puede verificarse qué hubiera sucedido si el Gobierno Nacional no hubiera adoptado medidas a tiempo, ante la pasividad del GCBA.

15. Que también el GCBA ha demostrado que ha constatado y comprendido, al menos en parte, la utilidad de las medidas dispuestas, en atención a las últimas disposiciones que implementó y que implican una reducción de la presencialidad en la actividad educativa y, por lo tanto, de circulación de personas, en el marco de la segunda ola de Covid-19.

16. Que la sentencia de la Corte Suprema de Justicia conocida en el día de hoy no resolvió un caso particular y concreto, sino que realiza consideraciones indicativas, toda vez que ya no se encuentra vigente el DNU cuestionado. El mismo tribunal admite, como ya lo había hecho en la Acordada 6/2020, que el Poder Judicial no cuenta con los instrumentos necesarios para evaluar la idoneidad de los indicadores sanitarios y epidemiológicos y, por lo tanto, las medidas aptas para contener los contagios.

17. Que, actualmente, se encuentra vigente el DNU 287/2021 que ha adoptado parámetros epidemiológicos y sanitarios específicos y ha calificado los distintos partidos, departamentos y aglomerados urbanos en Alto, Mediano o Bajo riesgo epidemiológico y sanitario, o en Alerta Epidemiológica y Sanitaria. En esta última clasificación se incluye a la Ciudad de Buenos Aires y a los partidos de la provincia de Buenos Aires que conforman el aglomerado del AMBA.

18. Que dicho DNU explica con claridad los motivos por los cuales se adoptan las medidas allí dispuestas y se encuentra plenamente vigente. Se trata de una norma federal que no ha sido cuestionada judicialmente por el GCBA.

19. Que el Gobierno nacional ha comunicado que, en los próximos días, enviará al Congreso Nacional, para su consideración, una ley marco para regular la gestión de esta gravísima pandemia por parte del Gobierno Nacional, de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

20. Que el Gobierno nacional siempre, y también ahora, trabaja priorizando la salud y la vida de argentinos y argentinas. Con esa convicción seguirá trabajando para traer vacunas y vacunar a los y las habitantes de nuestro país, para cuidar la salud pública y la vida, preservando la economía. Con esos objetivos exhorta a todas las personas a redoblar esfuerzos para dar cumplimiento a las medidas de cuidado y de contención de contagios. Nuestro propósito es que podamos volver, cuanto antes, a vivir con la mayor normalidad posible, desarrollando plenamente las actividades que hoy se encuentran temporariamente restringidas por la pandemia. Es lo que más anhelamos y por lo cual trabajamos cada día.

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Baradel: "Es lamentable la decisión de la Corte"

Roberto Baradel, secretario general de SUTEBA, opina sobre el fallo de la Corte Suprema que habilitó la presencialidad escolar en la Ciudad de Buenos Aires: "Es lamentable la decisión de la Corte. Marca claramente que hay algunos sectores del Poder Judicial y algunos jueces que responden más a intereses corporativos que a impartir Justicia".

El dirigente sindical apuntó que en épocas de pandemia es necesario prestar atención a una autoridad sanitaria nacional. "La Corte no debería haber intervenido. No es su potestad intervenir en decisiones que le corresponden al poder ejecutivo", declara

Baradel también respondió a un comunicado de Patricia Bullrich, que festejó el fallo y señaló que iba en sincronía con aquellos docentes que "querían enseñar" . El dirigente dice que la titular "tiene un desprecio muy importante por la vida del conjunto del ciudadano".

El gremialista remarca que la presencialidad no es lo que pone en discusión y que no podría ser reemplazada por la virtualidad, pero que es necesario pensar en medidas necesarias en épocas de pandemia: "La escuela no es una isla, es una institución que es parte de la comunidad. Lo que sucede en el exterior impacta en la escuela", subrayó.

Podés ver Somos PM de lunes a viernes con Pía Slapka, Maximiliano Legnani y Anita Sicilia de 14hs a 17hs por IP Noticias 

 

Roberto Baradel, secretario general de SUTEBA, opina sobre el fallo de la Corte Suprema que habilitó la presencialidad escolar en la Ciudad de Buenos Aires: "Es lamentable la decisión de la Corte. Marca claramente que hay algunos sectores del Poder Judicial y algunos jueces que responden más a intereses corporativos que a impartir Justicia".

El dirigente sindical apuntó que en épocas de pandemia es necesario prestar atención a una autoridad sanitaria nacional. "La Corte no debería haber intervenido. No es su potestad intervenir en decisiones que le corresponden al poder ejecutivo", declara

Baradel también respondió a un comunicado de Patricia Bullrich, que festejó el fallo y señaló que iba en sincronía con aquellos docentes que "querían enseñar" . El dirigente dice que la titular "tiene un desprecio muy importante por la vida del conjunto del ciudadano".

El gremialista remarca que la presencialidad no es lo que pone en discusión y que no podría ser reemplazada por la virtualidad, pero que es necesario pensar en medidas necesarias en épocas de pandemia: "La escuela no es una isla, es una institución que es parte de la comunidad. Lo que sucede en el exterior impacta en la escuela", subrayó.

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Cristina Fernández: "Se decidió que el Poder Ejecutivo no tiene competencias para tomar medidas sanitarias"

Tras conocerse el fallo de la Corte Suprema a favor de la autonomía de la Ciudad y las clases presenciales en el distrito, la vicepresidenta Cristina Fernández expresó en Twitter: "Hoy la Corte acaba de decidir, en plena pandemia decretada por la OMS [...]  y con más de 65.000 muertos en la Argentina, que el poder ejecutivo nacional no tiene competencias para tomar medidas sanitarias".

"Ante este escenario, digo yo… para poder gobernar, ¿no será mejor presentarse a concursar por un cargo de Juez al Consejo de la Magistratura o que un Presidente te proponga para Ministro de la Corte?", manifestó. Y agregó: "Sinceramente, está muy claro que los golpes contra las instituciones democráticas elegidas por el voto popula ya no son como antaño".

A su vez, sostuvo que el pasado 30 de abril "el Senado de la Nación fue notificado de una insólita e inédita resolución por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de CABA". "Créase o no, en esa resolución se hacía lugar a una acción de… ¡habeas corpus contra el Congreso de la Nación, intimándolo para que en 15 días sancione leyes! Ignorando no solo la división de poderes, sino peor aún: ignorando lo que es un habeas corpus −sostuvo−. Ese mismo día, 30 de abril, la Cámara Contencioso Administrativa Federal, a pedido de Clarín, decidió suspender la vigencia del DNU que declaró como servicio público a la telefonía celular, internet y la televisión por cable. O sea… te van a poder aumentar el cable, internet y el celular, cuánto, cómo y cuándo se les de la gana. Como verás, el poder judicial es también tu problema".

Tras conocerse el fallo de la Corte Suprema a favor de la autonomía de la Ciudad y las clases presenciales en el distrito, la vicepresidenta Cristina Fernández expresó en Twitter: "Hoy la Corte acaba de decidir, en plena pandemia decretada por la OMS [...]  y con más de 65.000 muertos en la Argentina, que el poder ejecutivo nacional no tiene competencias para tomar medidas sanitarias".

"Ante este escenario, digo yo… para poder gobernar, ¿no será mejor presentarse a concursar por un cargo de Juez al Consejo de la Magistratura o que un Presidente te proponga para Ministro de la Corte?", manifestó. Y agregó: "Sinceramente, está muy claro que los golpes contra las instituciones democráticas elegidas por el voto popula ya no son como antaño".

A su vez, sostuvo que el pasado 30 de abril "el Senado de la Nación fue notificado de una insólita e inédita resolución por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de CABA". "Créase o no, en esa resolución se hacía lugar a una acción de… ¡habeas corpus contra el Congreso de la Nación, intimándolo para que en 15 días sancione leyes! Ignorando no solo la división de poderes, sino peor aún: ignorando lo que es un habeas corpus −sostuvo−. Ese mismo día, 30 de abril, la Cámara Contencioso Administrativa Federal, a pedido de Clarín, decidió suspender la vigencia del DNU que declaró como servicio público a la telefonía celular, internet y la televisión por cable. O sea… te van a poder aumentar el cable, internet y el celular, cuánto, cómo y cuándo se les de la gana. Como verás, el poder judicial es también tu problema".

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Fallo de la Corte Suprema: Patricia Blanco analiza el escenario político y judicial

El fallo de la Corte Suprema sobre las "clases presenciales" genera consecuencias políticas en la compleja relación que mantienen el gobierno nacional y el de la Ciudad de Buenos Aires. Ese fue uno de los ejes del análisis de la conductora de Redacción IP Patricia Blanco, en diálogo con Nicolás Artusi y Paloma Bokser al comienzo de "Imagen Positiva". "El fallo se puede leer también como un mensaje: ´arreglen las cosas en la política, basta de judicializar todo´". En la política puede haber dos ganadores, en la justicia no", razonó Blanco. Por eso se entiende, según Paloma Bokser, el anuncio del presidente Alberto Fernández sobre el envío de un proyecto de ley al Congreso para reglamentar parámetros sanitarios para tomar determinadas medidas restrictivas. "Muchos sospechamos que el presidente tenía letra sobre la resolución de la Corte y anunció este envío al Congreso para tener un poco más de cintura política", según Patricia Blanco

 

 

 

El fallo de la Corte Suprema sobre las "clases presenciales" genera consecuencias políticas en la compleja relación que mantienen el gobierno nacional y el de la Ciudad de Buenos Aires. Ese fue uno de los ejes del análisis de la conductora de Redacción IP Patricia Blanco, en diálogo con Nicolás Artusi y Paloma Bokser al comienzo de "Imagen Positiva". "El fallo se puede leer también como un mensaje: ´arreglen las cosas en la política, basta de judicializar todo´". En la política puede haber dos ganadores, en la justicia no", razonó Blanco. Por eso se entiende, según Paloma Bokser, el anuncio del presidente Alberto Fernández sobre el envío de un proyecto de ley al Congreso para reglamentar parámetros sanitarios para tomar determinadas medidas restrictivas. "Muchos sospechamos que el presidente tenía letra sobre la resolución de la Corte y anunció este envío al Congreso para tener un poco más de cintura política", según Patricia Blanco

 

 

 

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La Corte Suprema se declaró competente en el litigio por las clases presenciales

La Corte Suprema de Justicia de la Nación se declaró competente para analizar la presentación de la Ciudad de Buenos Aires contra la suspensión de las clases presenciales y anticipó que le dará un trámite acelerado al expediente para resolver la cuestión en los términos que permite el Código Civil y Comercial de la Nación, para que los magistrados resuelvan "de oficio" y como "primera providencia", si "la naturaleza de la cuestión y la prueba ofrecida" lo permite. “Declarar que la presente causa corresponde a la competencia originaria de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, prevista en el art. 117 de la Constitución Nacional. Notifíquese y comuníquese a la Procuración General de la Nación”, reza el texto.

La resolución, firmada por el juez Carlos Rosenkrantz, trasladó al Procurador del Tesoro, Carlos Zannini, el pedido para que fije la posición del Gobierno de Alberto Fernández en relación con la acción declarativa de inconstitucionalidad y la medida cautelar presentada por la Ciudad de Buenos Aires para evitar la suspensión de la presencialidad por 15 días frente al avance de la segunda ola del COVID-19.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación se declaró competente para analizar la presentación de la Ciudad de Buenos Aires contra la suspensión de las clases presenciales y anticipó que le dará un trámite acelerado al expediente para resolver la cuestión en los términos que permite el Código Civil y Comercial de la Nación, para que los magistrados resuelvan "de oficio" y como "primera providencia", si "la naturaleza de la cuestión y la prueba ofrecida" lo permite. “Declarar que la presente causa corresponde a la competencia originaria de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, prevista en el art. 117 de la Constitución Nacional. Notifíquese y comuníquese a la Procuración General de la Nación”, reza el texto.

La resolución, firmada por el juez Carlos Rosenkrantz, trasladó al Procurador del Tesoro, Carlos Zannini, el pedido para que fije la posición del Gobierno de Alberto Fernández en relación con la acción declarativa de inconstitucionalidad y la medida cautelar presentada por la Ciudad de Buenos Aires para evitar la suspensión de la presencialidad por 15 días frente al avance de la segunda ola del COVID-19.

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Martín Soria: "Este fallo es un espaldarazo al respeto a la Constitución"

El diputado Nacional por el Frente de Todos, Martín Soria habló con Noelia Barral Grigera y Gabriel Sued sobre el fallo de la Corte Suprema de Justicia, que este martes determinó que los traslados de los jueces Bruglia, Bertuzzi y Castelli son provisorios.

En el Noticiero Central de IP, Soria lo evaluó como un "fallo acertado" y dijo que "era lo que todos esperábamos, salvo algunos grandes medios de comunicación", a quienes les adjudicó haber ejercido presión para "torcer el rumbo de la Constitución, las acordadas y los reglamentos".

También aclaró que en lo que va del año se analizó la legalidad de 38 traslados, de los cuales a 10 se les pidió que concurrieran a la Comisión de Acuerdos del Senado y solo Bruglia, Bertuzzi y Castelli se negaron. 

Por último, dijo que para él, los traslados eran ilegales, que "Este fallo es un espaldarazo al respeto a la Constitución" y que el Gobierno podría salir fortalecido. 

 

El diputado Nacional por el Frente de Todos, Martín Soria habló con Noelia Barral Grigera y Gabriel Sued sobre el fallo de la Corte Suprema de Justicia, que este martes determinó que los traslados de los jueces Bruglia, Bertuzzi y Castelli son provisorios.

En el Noticiero Central de IP, Soria lo evaluó como un "fallo acertado" y dijo que "era lo que todos esperábamos, salvo algunos grandes medios de comunicación", a quienes les adjudicó haber ejercido presión para "torcer el rumbo de la Constitución, las acordadas y los reglamentos".

También aclaró que en lo que va del año se analizó la legalidad de 38 traslados, de los cuales a 10 se les pidió que concurrieran a la Comisión de Acuerdos del Senado y solo Bruglia, Bertuzzi y Castelli se negaron. 

Por último, dijo que para él, los traslados eran ilegales, que "Este fallo es un espaldarazo al respeto a la Constitución" y que el Gobierno podría salir fortalecido. 

 

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Semana clave en la Corte Suprema

El escrache al ministro de la Corte Suprema de Justicia, Ricardo Lorenzetti en su casa de Rafaela, provincia de Santa Fe, marcó el inicio una semana clave en el tironeo entre el Gobierno y la oposición alrededor del destino de los jueces Bertuzzi, Bruglia y Castelli. El máximo tribunal judicial de la Nación deberá decidir si acepta los recursos extraordinarios presentados por estos magistrados frente a la suspensión de sus traslados que decidió el Senado.

Repudio de oficialistas y opositores

Funcionarios del gobierno de Alberto Fernández y referentes de Juntos por el Cambio, la principal fuerza de oposición, expresaron en Twitter su repudio a la protesta contra el ministro Lorenzetti.

El escrache fue realizado en el barrio privado Los Álamos de la ciudad del norte santafesino, con banderas argentinas y carteles contra el Gobierno. Las principales consignas de la movilización incluían mensajes contra el gobierno de Fernández.

 

 

 

El escrache al ministro de la Corte Suprema de Justicia, Ricardo Lorenzetti en su casa de Rafaela, provincia de Santa Fe, marcó el inicio una semana clave en el tironeo entre el Gobierno y la oposición alrededor del destino de los jueces Bertuzzi, Bruglia y Castelli. El máximo tribunal judicial de la Nación deberá decidir si acepta los recursos extraordinarios presentados por estos magistrados frente a la suspensión de sus traslados que decidió el Senado.

Repudio de oficialistas y opositores

Funcionarios del gobierno de Alberto Fernández y referentes de Juntos por el Cambio, la principal fuerza de oposición, expresaron en Twitter su repudio a la protesta contra el ministro Lorenzetti.

El escrache fue realizado en el barrio privado Los Álamos de la ciudad del norte santafesino, con banderas argentinas y carteles contra el Gobierno. Las principales consignas de la movilización incluían mensajes contra el gobierno de Fernández.

 

 

 

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