Elena Highton de Nolasco renunció a la Corte Suprema

La jueza ministra presentó su renuncia tras 17 años de integrar el máximo tribunal judicial. Su salida se hará efectiva el próximo 1° de noviembre.
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La Corte Suprema elige presidente

Desde el mediodía y por videollamada, los cinco jueces del máximo tribunal decidirán quién será el sucesor de Carlos Rosenkrantz.
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La Corte Suprema falló a favor de Quilmes

El tribunal superior avaló la potestad del municipio para cobrar impuestos. Implica un aval para la autonomía de las comunas.
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Por qué la Corte Suprema ordenó desmantelar un barrio privado

La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó el recurso extraordinario interpuesto por el municipio de Pueblo Belgrano en Entre Ríos y la empresa constructora del barrio náutico "Amarras", donde las obras que se hicieron generaron "la crecida del río e inundaciones". Al considerar "inadmisibles" los recursos extraordinarios, se deberá desmantelar el barrio náutico en 180 días y recomponer las condiciones del ambiente.

Desde el 2015, comenzó a darse esta lucha en contra de la urbanización sobre Humedales en el Río Gualeguaychú. Este fallo sienta un precedente porque es la primera vez que se establece que se tiene que desmantelar un barrio privado para cuidar el ambiente. En las últimas semanas, en la zona norte del Gran Buenos Aires fue noticia "Nordelta" por la aparición de carpinchos en el barrio y se abrió el debate sobre lo qué sucede cuándo se construye sin tener en cuenta el impacto ambiental. 

Selva Chesini es abogada, consejala del Frente de Todos en Gualeguaychú y es patrocinante de quienes presentaron el amparo que terminó por definir que se desmantele el barrio. Al ser consultada por Martín Bustamante en IP Noticias, explicó: "Desde que comenzamos con esta lucha judicial en el 2015 sabíamos que teníamos algo muy importante enfrente que involucraba muchos intereses". Además, la consejala agregó: "no tengo dudas que esto va a impactar en futuras decisiones como con lo que pasa en Nordelta"

 

Podés ver IP Noticias segunda edición del fin de semana, conducido por Martín Bustamante, los sábados y domingos a las 19

La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó el recurso extraordinario interpuesto por el municipio de Pueblo Belgrano en Entre Ríos y la empresa constructora del barrio náutico "Amarras", donde las obras que se hicieron generaron "la crecida del río e inundaciones". Al considerar "inadmisibles" los recursos extraordinarios, se deberá desmantelar el barrio náutico en 180 días y recomponer las condiciones del ambiente.

Desde el 2015, comenzó a darse esta lucha en contra de la urbanización sobre Humedales en el Río Gualeguaychú. Este fallo sienta un precedente porque es la primera vez que se establece que se tiene que desmantelar un barrio privado para cuidar el ambiente. En las últimas semanas, en la zona norte del Gran Buenos Aires fue noticia "Nordelta" por la aparición de carpinchos en el barrio y se abrió el debate sobre lo qué sucede cuándo se construye sin tener en cuenta el impacto ambiental. 

Selva Chesini es abogada, consejala del Frente de Todos en Gualeguaychú y es patrocinante de quienes presentaron el amparo que terminó por definir que se desmantele el barrio. Al ser consultada por Martín Bustamante en IP Noticias, explicó: "Desde que comenzamos con esta lucha judicial en el 2015 sabíamos que teníamos algo muy importante enfrente que involucraba muchos intereses". Además, la consejala agregó: "no tengo dudas que esto va a impactar en futuras decisiones como con lo que pasa en Nordelta"

 

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Revés judicial para Farmacity en PBA

La Corte Suprema de Justicia rechazó este miércoles la petición de Farmacity S.A., la empresa de locales minoristas de medicamentos, para poder desembarcar con locales en la provincia de Buenos Aires. La empresa presentó una demanda en la cual cuestionó la normativa vigente que impide a sociedades comerciales estar a cargo de este tipo de locales comerciales que expenden medicamentos. 

"De acuerdo a los principios constitucionales examinados, la facultad ejercida por la Provincia de Buenos Aires a través de la ley 10.606 para regular lo atinente a la titularidad de los establecimientos farmacéuticos no se revela como desproporcionada con la finalidad perseguida de bien público",  sostuvo el fallo.

Y agregó: "Por el contrario, el legislador provincial ha ejercido sus facultades en forma razonable, y no arbitraria pues se basó en propósitos de salud pública, ampliando la protección de los pacientes garantizada en la regulación nacional, como una opción que cabe reputar como válida".

La demanda manifestó “la declaración de nulidad” de determinados actos por los cuales se le denegó a la sociedad, una solicitud para operar en el ámbito provincial así como un pedido de habilitación para poner en funcionamiento una farmacia en la localidad de Pilar.

La determinación judicial fue firmada por los jueces Elena Highton de Nolasco, Ricardo Lorenzetti, Martín Irurzun y Mirta Gladis Sotelo de Andreu, en disidencia. El tribunal estuvo integrado de esa manera porque Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti se excusaron.

Hasta el momento, la empresa solo pudo abrir locales de Simplicity, una segunda marca que vende los mismos ítems que Farmacity, pero sin los medicamentos, ya sean de venta libre o recetados.

La Corte Suprema de Justicia rechazó este miércoles la petición de Farmacity S.A., la empresa de locales minoristas de medicamentos, para poder desembarcar con locales en la provincia de Buenos Aires. La empresa presentó una demanda en la cual cuestionó la normativa vigente que impide a sociedades comerciales estar a cargo de este tipo de locales comerciales que expenden medicamentos. 

"De acuerdo a los principios constitucionales examinados, la facultad ejercida por la Provincia de Buenos Aires a través de la ley 10.606 para regular lo atinente a la titularidad de los establecimientos farmacéuticos no se revela como desproporcionada con la finalidad perseguida de bien público",  sostuvo el fallo.

Y agregó: "Por el contrario, el legislador provincial ha ejercido sus facultades en forma razonable, y no arbitraria pues se basó en propósitos de salud pública, ampliando la protección de los pacientes garantizada en la regulación nacional, como una opción que cabe reputar como válida".

La demanda manifestó “la declaración de nulidad” de determinados actos por los cuales se le denegó a la sociedad, una solicitud para operar en el ámbito provincial así como un pedido de habilitación para poner en funcionamiento una farmacia en la localidad de Pilar.

La determinación judicial fue firmada por los jueces Elena Highton de Nolasco, Ricardo Lorenzetti, Martín Irurzun y Mirta Gladis Sotelo de Andreu, en disidencia. El tribunal estuvo integrado de esa manera porque Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti se excusaron.

Hasta el momento, la empresa solo pudo abrir locales de Simplicity, una segunda marca que vende los mismos ítems que Farmacity, pero sin los medicamentos, ya sean de venta libre o recetados.

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Myriam Bregman: "La Corte le está dando un reinado a Larreta"

La diputada Nacional por el Frente de Izquierda, Myriam Bregman, pasó por Redacción IP para analizar la actualidad política, la pandemia, la vacunación y el año electoral. "Biden se está ubicando geopolíticamente", comentó sobre la propuesta del presidente de Estados Unidos de liberar las patentes de las vacunas, a la vez que remarca que en "Argentina no se puede reivindicar a Biden tras sus dichos sobre Malvinas. Es el mismo partido demócrata que mañana va a bombardear a algún país de medio oriente si necesita petróleo".

Respecto a las vacunas, la legisladora sostuvo que en la Argentina "estamos demostrando que podemos hacer vacunas". "Es una vergüenza total que un año después digan que tendríamos que haber desarrollado la vacuna. Si hubiésemos puesto el dinero en el CONICET, muchos científicos reconocen que hoy Argentina podría tener muy avanzada su vacuna", criticó. 

Sobre la relación entre el Gobierno y la oposición en un año electoral, Bregman dijo que se elige siempre polarizar con la derecha porque "es facilísimo", pero que no es beneficioso para el conjunto de la población. En este sentido y respecto al fallo de la Corte Suprema de Justicia agregó: "Nunca pensé que la Corte iba a hacer otra cosa: por la ubicación que viene teniendo, por los cruces contra una reforma judicial cosmética, desde mi punto de vista. Me asombró que no guarda ni las formas jurídicas".

"El fallo da una clara señal política. En el voto de mayoría dice que aun así si se discutiese por ley en el Congreso Nacional también la ciudad podría cuestionarlo. Le están dando un reinado a Larreta", apuntó Bregman.

Redacción IP se emite por la pantalla de IP de lunes a viernes de 22 a 23, con la conducción de Patricia Blanco, Andrés Fidanza y Leandro Renou.

La diputada Nacional por el Frente de Izquierda, Myriam Bregman, pasó por Redacción IP para analizar la actualidad política, la pandemia, la vacunación y el año electoral. "Biden se está ubicando geopolíticamente", comentó sobre la propuesta del presidente de Estados Unidos de liberar las patentes de las vacunas, a la vez que remarca que en "Argentina no se puede reivindicar a Biden tras sus dichos sobre Malvinas. Es el mismo partido demócrata que mañana va a bombardear a algún país de medio oriente si necesita petróleo".

Respecto a las vacunas, la legisladora sostuvo que en la Argentina "estamos demostrando que podemos hacer vacunas". "Es una vergüenza total que un año después digan que tendríamos que haber desarrollado la vacuna. Si hubiésemos puesto el dinero en el CONICET, muchos científicos reconocen que hoy Argentina podría tener muy avanzada su vacuna", criticó. 

Sobre la relación entre el Gobierno y la oposición en un año electoral, Bregman dijo que se elige siempre polarizar con la derecha porque "es facilísimo", pero que no es beneficioso para el conjunto de la población. En este sentido y respecto al fallo de la Corte Suprema de Justicia agregó: "Nunca pensé que la Corte iba a hacer otra cosa: por la ubicación que viene teniendo, por los cruces contra una reforma judicial cosmética, desde mi punto de vista. Me asombró que no guarda ni las formas jurídicas".

"El fallo da una clara señal política. En el voto de mayoría dice que aun así si se discutiese por ley en el Congreso Nacional también la ciudad podría cuestionarlo. Le están dando un reinado a Larreta", apuntó Bregman.

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Rodríguez Larreta aceptó la convocatoria del Gobierno para discutir el traspaso de la Policía

El jefe de Gobierno de la Ciudad, Horacio Rodríguez Larreta, aceptó la convocatoria del ministro de Economía, Martín Guzmán, y del titular de la cartera de Interior, Eduardo "Wado" de Pedro, para discutir criterios en el proceso de traspaso de la Policía. "Se trata de una instancia de diálogo que el Jefe de Gobierno ha venido ponderando como la mejor vía para encontrar soluciones en temas centrales de la vida republicana", afirmaron desde la administración porteña a través de un comunicado.

En la carta de invitación, ambos ministros recordaron que "como se expresó en la audiencia convocada ante la Secretaría de Juicios Originarios de la Corte Suprema de Justicia", desde el Estado Nacional se continua "bregando por alcanzar puntos de acuerdo" y reiteraron "la invitación a un diálogo de buena fe, sobre la base del respeto a las instituciones y al federalismo".

El Gobierno porteño presentó un expediente ante la Corte Suprema ya que considera que es inconstitucional la quita de fondos adjudicados al traspaso de la Policía que "inconsultamente" decidió el Gobierno Nacional. 

"Esta instancia de diálogo no significa una renuncia a la demanda ante la Corte Suprema como tampoco una convalidación de la Ley 27.606", explicaron desde la Ciudad.

"Por cuestiones de agenda, y a fin de informar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre la reunión, se propondrá realizarla el martes 18 de mayo en el horario que el Gobierno Nacional determine", agregaron.

El jefe de Gobierno de la Ciudad, Horacio Rodríguez Larreta, aceptó la convocatoria del ministro de Economía, Martín Guzmán, y del titular de la cartera de Interior, Eduardo "Wado" de Pedro, para discutir criterios en el proceso de traspaso de la Policía. "Se trata de una instancia de diálogo que el Jefe de Gobierno ha venido ponderando como la mejor vía para encontrar soluciones en temas centrales de la vida republicana", afirmaron desde la administración porteña a través de un comunicado.

En la carta de invitación, ambos ministros recordaron que "como se expresó en la audiencia convocada ante la Secretaría de Juicios Originarios de la Corte Suprema de Justicia", desde el Estado Nacional se continua "bregando por alcanzar puntos de acuerdo" y reiteraron "la invitación a un diálogo de buena fe, sobre la base del respeto a las instituciones y al federalismo".

El Gobierno porteño presentó un expediente ante la Corte Suprema ya que considera que es inconstitucional la quita de fondos adjudicados al traspaso de la Policía que "inconsultamente" decidió el Gobierno Nacional. 

"Esta instancia de diálogo no significa una renuncia a la demanda ante la Corte Suprema como tampoco una convalidación de la Ley 27.606", explicaron desde la Ciudad.

"Por cuestiones de agenda, y a fin de informar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre la reunión, se propondrá realizarla el martes 18 de mayo en el horario que el Gobierno Nacional determine", agregaron.

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Marcelo Gallo Tagle sobre el duro comunicado de la Asociación de Magistrados: "Es agraviante escuchar que la Justicia no trabaja"

Tras el discurso que el presidente de la Nación, Alberto Fernández, dio este miércoles con duras críticas a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en un acto en la ciudad bonaerense de Ensenada, la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia está preparando un comunicado que se va a oficializar este jueves y que manifiesta "su profunda preocupación por la sucesión y el estilo de declaraciones de las más altas autoridades políticas de la Nación", a propósito de la decisión del máximo tribunal de la Argentina en relación a las clases presenciales en la Ciudad de Buenos Aires.

"Esta asociación exhorta a respetar las reglas esenciales del régimen republicano que demandan que cada poder del Estado cumpla con las funciones asignadas por la Constitución", agrega el texto.

El presidente de la asociación, Marcelo Gallo Tagle, habló con Redacción IP al respecto. "No podemos tolerar que si un fallo es adverso se agreda a la Justicia. Es agraviante tener que escuchar que la Justicia no trabaja. Hay aspectos del fallo que nosotros tampoco compartimos, pero no justifica esto avanzar de semejante manera y tratar a la Corte de golpista", aseguró.

Redacción IP se emite por la pantalla de IP de lunes a viernes de 22 a 23, con la conducción de Andrés Fidanza, Patricia Blanco y Leandro Renou.

Tras el discurso que el presidente de la Nación, Alberto Fernández, dio este miércoles con duras críticas a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en un acto en la ciudad bonaerense de Ensenada, la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia está preparando un comunicado que se va a oficializar este jueves y que manifiesta "su profunda preocupación por la sucesión y el estilo de declaraciones de las más altas autoridades políticas de la Nación", a propósito de la decisión del máximo tribunal de la Argentina en relación a las clases presenciales en la Ciudad de Buenos Aires.

"Esta asociación exhorta a respetar las reglas esenciales del régimen republicano que demandan que cada poder del Estado cumpla con las funciones asignadas por la Constitución", agrega el texto.

El presidente de la asociación, Marcelo Gallo Tagle, habló con Redacción IP al respecto. "No podemos tolerar que si un fallo es adverso se agreda a la Justicia. Es agraviante tener que escuchar que la Justicia no trabaja. Hay aspectos del fallo que nosotros tampoco compartimos, pero no justifica esto avanzar de semejante manera y tratar a la Corte de golpista", aseguró.

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Gil Lavedra: "Los jueces son los intérpretes de la Constitución"

El abogado constitucionalista Ricardo Gil Lavedra analizó el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que dictaminó a favor de la presencialidad de las clases en la Ciudad de Buenos Aires. "Siempre es mejor que intervenga el Congreso, que es la normalidad. El Decreto de Necesidad y Urgencia tiene carácter excepcional en circunstancias también extraordinarias. Con lo cual la posibilidad el Congreso quien sancione una ley que establezca algún marco de delegación de facultades al Poder Ejecutivo, estableciendo las bases y los parámetros sobre los cuales pueden ejercer estas facultades, me parece que contribuye", explicó.

Al mismo tiempo, el letrado remarcó que el Poder Ejecutivo "debe tener en cuenta, aún con una norma que le atribuya facultades, el respeto por las autonomías locales".

"Yo no veo que la oposición le haya impedido al presidente, en épocas de pandemia, actitudes colaborativas. Pienso que las ha habido. Me parece que el fallo establece algunos parámetros centrales: que la pandemia no suspende la Constitución, que los derechos deben ser respetados, y que todas las medidas deben tener cierta razonabilidad y proporcionalidad con los males que se intentan evitar", remarcó.

IP Noticias Edición Central  se emite por la pantalla de IP de lunes a viernes de 20 a 22, con la conducción de Noelia Barral Grigera y Gabriel Sued.

El abogado constitucionalista Ricardo Gil Lavedra analizó el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que dictaminó a favor de la presencialidad de las clases en la Ciudad de Buenos Aires. "Siempre es mejor que intervenga el Congreso, que es la normalidad. El Decreto de Necesidad y Urgencia tiene carácter excepcional en circunstancias también extraordinarias. Con lo cual la posibilidad el Congreso quien sancione una ley que establezca algún marco de delegación de facultades al Poder Ejecutivo, estableciendo las bases y los parámetros sobre los cuales pueden ejercer estas facultades, me parece que contribuye", explicó.

Al mismo tiempo, el letrado remarcó que el Poder Ejecutivo "debe tener en cuenta, aún con una norma que le atribuya facultades, el respeto por las autonomías locales".

"Yo no veo que la oposición le haya impedido al presidente, en épocas de pandemia, actitudes colaborativas. Pienso que las ha habido. Me parece que el fallo establece algunos parámetros centrales: que la pandemia no suspende la Constitución, que los derechos deben ser respetados, y que todas las medidas deben tener cierta razonabilidad y proporcionalidad con los males que se intentan evitar", remarcó.

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Graciela Camaño no acompañará el proyecto de ley del gobierno

La diputada Nacional Graciela Camaño analizó en IP Noticias el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que avaló la presencialidad en las clases de la Ciudad de Buenos Aires, y la respuesta que dio el gobierno de Alberto Fernández. "No hay posibilidad de subjetividad frente al fallo, dice lo que dice", aseguró.

"El fallo habla de convivencia, de interacción, de coordinación, de lealtad o buena fe federal. O sea que habla en definitiva del federalismo de concertación", analizó la legisladora de Consenso Federal.

La diputada destacó que la decisión del máximo tribunal no declara la inconstitucionalidad ni invalida el Decreto de Necesidad y Urgencia, sino que reivindica la Constitución Nacional en cuanto a las potestades que tienen la Ciudad y las provincias en materia de salud y en materia de educación. En ese sentido, Camaño entiende que la propuesta de la Corte en el fallo es que "vayan por una ley".

Consultada sobre si apoyará el proyecto que el presidente Alberto Fernández enviará en los próximos días al Congreso para establecer parámetros sanitarios de gestión de la pandemia, la legisladora dijo: "No acompañaría ninguna decisión que permita que la suma del poder esté en uno de los poderes del Estado. Por la sencilla razón de que el Congreso funciona, está funcionando. Y por la sencilla razón de que tiene que haber una convivencia entre los Estados. El Estado Nacional es el resultado de la decisión de las provincias, eso dice nuestra Constitución. El Estado Nacional tiene la obligación de entender que es condición sine qua non la convivencia con las provincias".

"Quienes saben lo que se necesita en cada lugar son los gobiernos locales", agregó Camaño.

IP Noticias Edición Central se emite por la pantalla de IP de lunes a viernes de 20 a 22, con la conducción de Noelia Barral Grigera y Gabriel Sued.

La diputada Nacional Graciela Camaño analizó en IP Noticias el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que avaló la presencialidad en las clases de la Ciudad de Buenos Aires, y la respuesta que dio el gobierno de Alberto Fernández. "No hay posibilidad de subjetividad frente al fallo, dice lo que dice", aseguró.

"El fallo habla de convivencia, de interacción, de coordinación, de lealtad o buena fe federal. O sea que habla en definitiva del federalismo de concertación", analizó la legisladora de Consenso Federal.

La diputada destacó que la decisión del máximo tribunal no declara la inconstitucionalidad ni invalida el Decreto de Necesidad y Urgencia, sino que reivindica la Constitución Nacional en cuanto a las potestades que tienen la Ciudad y las provincias en materia de salud y en materia de educación. En ese sentido, Camaño entiende que la propuesta de la Corte en el fallo es que "vayan por una ley".

Consultada sobre si apoyará el proyecto que el presidente Alberto Fernández enviará en los próximos días al Congreso para establecer parámetros sanitarios de gestión de la pandemia, la legisladora dijo: "No acompañaría ninguna decisión que permita que la suma del poder esté en uno de los poderes del Estado. Por la sencilla razón de que el Congreso funciona, está funcionando. Y por la sencilla razón de que tiene que haber una convivencia entre los Estados. El Estado Nacional es el resultado de la decisión de las provincias, eso dice nuestra Constitución. El Estado Nacional tiene la obligación de entender que es condición sine qua non la convivencia con las provincias".

"Quienes saben lo que se necesita en cada lugar son los gobiernos locales", agregó Camaño.

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María de los Ángeles Sacnun: "La Corte se está arrogando facultades ejecutivas"

La senadora Nacional por la provincia de Santa Fe María de los Ángeles Sacnun analizó en IP Noticias el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que avaló este martes la presencialidad en las clases de la Ciudad de Buenos Aires. "Todos querríamos que las clases fueran presenciales", dijo.

"Comparto la mirada de Cristina Fernández sobre el fallo. La Corte Suprema de Justicia de la Nación se está arrogando facultades ejecutivas, están intentando cogobernar en la República Argentina y está socavando la autoridad presidencial", explicó la legisladora del Frente de Todos.

Consultada sobre las restricciones a la circulación que tomó Alberto Fernández, Sacnun aseguró: "El Presidente de la Nación lo que hizo fue tomar una definición frente al riesgo epidemiológico que le plantearon los expertos en el tema".

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La senadora Nacional por la provincia de Santa Fe María de los Ángeles Sacnun analizó en IP Noticias el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que avaló este martes la presencialidad en las clases de la Ciudad de Buenos Aires. "Todos querríamos que las clases fueran presenciales", dijo.

"Comparto la mirada de Cristina Fernández sobre el fallo. La Corte Suprema de Justicia de la Nación se está arrogando facultades ejecutivas, están intentando cogobernar en la República Argentina y está socavando la autoridad presidencial", explicó la legisladora del Frente de Todos.

Consultada sobre las restricciones a la circulación que tomó Alberto Fernández, Sacnun aseguró: "El Presidente de la Nación lo que hizo fue tomar una definición frente al riesgo epidemiológico que le plantearon los expertos en el tema".

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Eduardo Barcesat: "El fallo es infundado y grosero para el discurso jurídico"

Tras conocerse este martes el fallo de la Corte Suprema de Justicia, que determinó que la Ciudad de Buenos Aires tiene autonomía para mantener la presencialidad en las aulas porteñas, el abogado constitucionalista Eduardo Barcesat lo analizó en Tarde a Tarde. "El fallo es absolutamente infundado y grosero para el discurso jurídico", dijo.

"Se ha cometido una tropelía institucional. Se ha modificado el objeto procesal de la acción que había promovido el gobierno de Larreta. A todo esto, tendría que haber sido declarada cuestión abstracta porque el decreto impugnado ya perdió vigencia antes del dictado del fallo. Cumplió su período de vigencia y el Gobierno de la Ciudad no interpuso la impugnación del nuevo decreto que rige hasta fin de mes", explicó el letrado.

"El fallo de la Corte se dedica a hablar de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires, tema que ya está resuelto por el texto de la Constitución Nacional y la Ley Cafiero", agregó Barcesat.

El constitucionalista apuntó fuerte contra lo resuelto por el máximo tribunal de la Nación y dijo: "Me parece que el fallo es absolutamente infundado y grosero para el discurso jurídico".

Tarde a Tarde se emite por la pantalla de IP de lunes a viernes de 17 a 20, con la conducción de Agustina Díaz e Ignacio Corral.

Tras conocerse este martes el fallo de la Corte Suprema de Justicia, que determinó que la Ciudad de Buenos Aires tiene autonomía para mantener la presencialidad en las aulas porteñas, el abogado constitucionalista Eduardo Barcesat lo analizó en Tarde a Tarde. "El fallo es absolutamente infundado y grosero para el discurso jurídico", dijo.

"Se ha cometido una tropelía institucional. Se ha modificado el objeto procesal de la acción que había promovido el gobierno de Larreta. A todo esto, tendría que haber sido declarada cuestión abstracta porque el decreto impugnado ya perdió vigencia antes del dictado del fallo. Cumplió su período de vigencia y el Gobierno de la Ciudad no interpuso la impugnación del nuevo decreto que rige hasta fin de mes", explicó el letrado.

"El fallo de la Corte se dedica a hablar de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires, tema que ya está resuelto por el texto de la Constitución Nacional y la Ley Cafiero", agregó Barcesat.

El constitucionalista apuntó fuerte contra lo resuelto por el máximo tribunal de la Nación y dijo: "Me parece que el fallo es absolutamente infundado y grosero para el discurso jurídico".

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Leopoldo Moreau: "La Corte quiere debilitar la figura del Presidente"

Tras el fallo de la Corte Suprema que avaló la presencialidad en las clases de la Ciudad de Buenos Aires, el diputado Nacional Leopoldo Moreau conversó con Tarde a Tarde. "Una vez más, la cabeza del Poder Judicial está absolutamente afuera de la realidad de la Argentina. Están en una burbuja y desde la nube dictaron un fallo que nada tiene que ver con el drama y la tragedia que estamos atravesando", expresó.

Además, el legislador del Frente de Todos remarcó que solo se centraron en la cuestión de la presencialidad, pero que "acá la discusión no es entre presencialidad y salud pública. Tampoco sobre la autonomía de la Ciudad porque la pandemia es intrajurisdiccional. El virus no se detiene en la General paz".

"Estas cuatro personas que dictaron el fallo lo dictaron desde su casa. Ellos le dicen a la gente que en las escuelas tiene que haber presencialidad, pero ellos siendo nada más que cuatro ni siquiera se juntaron. Es increíble. La Corte quiere debilitar la figura del Presidente", agregó Leopoldo Moreau.

Tarde a Tarde se emite por la pantalla de IP de lunes a viernes de 17 a 20, con la conducción de Agustina Díaz e Ignacio Corral.

Tras el fallo de la Corte Suprema que avaló la presencialidad en las clases de la Ciudad de Buenos Aires, el diputado Nacional Leopoldo Moreau conversó con Tarde a Tarde. "Una vez más, la cabeza del Poder Judicial está absolutamente afuera de la realidad de la Argentina. Están en una burbuja y desde la nube dictaron un fallo que nada tiene que ver con el drama y la tragedia que estamos atravesando", expresó.

Además, el legislador del Frente de Todos remarcó que solo se centraron en la cuestión de la presencialidad, pero que "acá la discusión no es entre presencialidad y salud pública. Tampoco sobre la autonomía de la Ciudad porque la pandemia es intrajurisdiccional. El virus no se detiene en la General paz".

"Estas cuatro personas que dictaron el fallo lo dictaron desde su casa. Ellos le dicen a la gente que en las escuelas tiene que haber presencialidad, pero ellos siendo nada más que cuatro ni siquiera se juntaron. Es increíble. La Corte quiere debilitar la figura del Presidente", agregó Leopoldo Moreau.

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A través de un comunicado, el Gobierno Nacional le respondió a la Corte

A través de un comunicado, el Gobierno Nacional respondió este martes al reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia, que determinó que la Ciudad de Buenos Aires tiene autonomía para mantener la presencialidad en las aulas porteñas.

En un documento que lleva la firma del secretario de Comunicación y Prensa de la Nación, Juan Pablo Biondi, se expresó que "la sentencia de la Corte Suprema no resolvió un caso particular y concreto, sino que realiza consideraciones indicativas, toda vez que ya no se encuentra vigente el DNU cuestionado".

"El Poder Judicial no cuenta con los instrumentos necesarios para evaluar la idoneidad de los indicadores sanitarios", se agregó en otro pasaje del documento.

 

El texto completo del comunicado del Gobierno

1. Que la pandemia de Covid-19 ya ha cobrado, en el mundo, más de 3,22 millones de muertes y se han registrado más de 154 millones de contagios. En la Argentina hay más de 3 millones de casos y debemos lamentar la muerte de más de 64.800 personas.

2. Que, en todo el mundo, frente a la pandemia, las autoridades han debido adoptar en forma urgente y excepcional, medidas de cuidado que implican restricciones, incluyendo cuarentenas, limitaciones a la circulación y suspensión de clases presenciales

3. Que, en el marco de excepcionalidad que estamos viviendo, desde el año 2020 el Gobierno nacional ha debido disponer medidas imprescindibles para fortalecer el sistema sanitario -que se encontraba fuertemente debilitado- y prepararlo para enfrentar la pandemia. También ha debido tomar medidas urgentes, extendidas y anticipatorias para contener y mitigar los contagios a fin de evitar la saturación del sistema de salud con el consiguiente aumento de la mortalidad. Todas estas medidas han sido cumplidas por la gran mayoría de argentinos y argentinas, que con su esfuerzo y compromiso han logrado que no hubiera que lamentar consecuencias aún más gravosas que las que estamos viviendo.

4. Que también se han adoptado medidas necesarias de contención económica y social.

5. Que, con inusitado rigor formal, como si no estuviese en riesgo la salud pública y los derechos subjetivos que de ella derivan, como la vida, la Corte Suprema ha sostenido que, al suspender por quince días las clases presenciales en el conglomerado urbano del AMBA, el Gobierno Nacional se habría basado en «consideraciones meramente conjeturales» con insuficiente fundamentación.

6. Que es un deber y un objetivo central de este Gobierno garantizar el derecho constitucional a la educación; y sabemos, sin ninguna duda, que este derecho se ejerce con mayor plenitud cuando se desarrolla en la modalidad presencial con docentes, niños, niñas y adolescentes en las aulas.

7. Que, al momento de dictarse el DNU cuestionado, el AMBA exhibía un crecimiento exponencial de contagios mayor al que presentaba el resto del país y el sistema de salud se hallaba fuertemente tensionado, con peligro de saturación. Que también se ha verificado durante el año 2020 que la situación epidemiológica del AMBA se extiende a las demás regiones del país.

8. Que, desde el punto de vista epidemiológico y sanitario, el AMBA, como aglomerado urbano, constituye una unidad inescindible, y así lo reconocieron todas las autoridades durante la gestión de la pandemia durante el año 2020.

9. Que, en tal situación, omitir la adopción de medidas oportunas, similares a las que se adoptaron en otros lugares del mundo que registraban un crecimiento de casos mucho menor que el que exhibía el AMBA, hubiese significado aceptar un riesgo de consecuencias irreversibles para la salud pública y para la vida de las personas.

10. Que las distintas jurisdicciones se encontraban facultadas por el DNU entonces vigente para adoptar medidas a fin de mitigar los contagios que crecían en forma exponencial. Que la Ciudad de Buenos Aires, pese a contar con esa facultad, omitió adoptar medidas en ese sentido y el crecimiento de casos en el AMBA generó una situación de alarma epidemiológica y sanitaria que podía llevar, en poco tiempo, a la saturación del sistema de salud.

11. Que, ante tal situación, el Gobierno Nacional adoptó, mediante el DNU 241/2021, diversas medidas para disminuir la velocidad en la curva de contagios y, con ello, la crisis del sistema sanitario y el aumento de la mortalidad.

12. Que el gobierno Nacional fue elegido en elecciones democráticas, en el marco del Estado de Derecho, para adoptar las medidas que considera pertinentes para proteger la salud pública y la vida de las personas, así como la oportunidad, mérito y conveniencia de las mismas, en el marco de una pandemia producida por un virus que no reconoce límites políticos y que el año pasado, desde el AMBA, se extendió a todo el país.

13. Que las medidas adoptadas en el decreto mencionado fueron cumplidas por la mayoría de los argentinos y argentinas, y también por los ciudadanos y ciudadanas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, pese a que el GCBA desoyó e incumplió, en parte, la norma federal dictada.

14. Que la utilidad de las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional a través del DNU 241/2021 se verificó con la disminución de la curva de contagios en el AMBA, y en forma más marcada esta disminución se verifica en la provincia de Buenos Aires. En cambio, resulta contra fáctico y no puede verificarse qué hubiera sucedido si el Gobierno Nacional no hubiera adoptado medidas a tiempo, ante la pasividad del GCBA.

15. Que también el GCBA ha demostrado que ha constatado y comprendido, al menos en parte, la utilidad de las medidas dispuestas, en atención a las últimas disposiciones que implementó y que implican una reducción de la presencialidad en la actividad educativa y, por lo tanto, de circulación de personas, en el marco de la segunda ola de Covid-19.

16. Que la sentencia de la Corte Suprema de Justicia conocida en el día de hoy no resolvió un caso particular y concreto, sino que realiza consideraciones indicativas, toda vez que ya no se encuentra vigente el DNU cuestionado. El mismo tribunal admite, como ya lo había hecho en la Acordada 6/2020, que el Poder Judicial no cuenta con los instrumentos necesarios para evaluar la idoneidad de los indicadores sanitarios y epidemiológicos y, por lo tanto, las medidas aptas para contener los contagios.

17. Que, actualmente, se encuentra vigente el DNU 287/2021 que ha adoptado parámetros epidemiológicos y sanitarios específicos y ha calificado los distintos partidos, departamentos y aglomerados urbanos en Alto, Mediano o Bajo riesgo epidemiológico y sanitario, o en Alerta Epidemiológica y Sanitaria. En esta última clasificación se incluye a la Ciudad de Buenos Aires y a los partidos de la provincia de Buenos Aires que conforman el aglomerado del AMBA.

18. Que dicho DNU explica con claridad los motivos por los cuales se adoptan las medidas allí dispuestas y se encuentra plenamente vigente. Se trata de una norma federal que no ha sido cuestionada judicialmente por el GCBA.

19. Que el Gobierno nacional ha comunicado que, en los próximos días, enviará al Congreso Nacional, para su consideración, una ley marco para regular la gestión de esta gravísima pandemia por parte del Gobierno Nacional, de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

20. Que el Gobierno nacional siempre, y también ahora, trabaja priorizando la salud y la vida de argentinos y argentinas. Con esa convicción seguirá trabajando para traer vacunas y vacunar a los y las habitantes de nuestro país, para cuidar la salud pública y la vida, preservando la economía. Con esos objetivos exhorta a todas las personas a redoblar esfuerzos para dar cumplimiento a las medidas de cuidado y de contención de contagios. Nuestro propósito es que podamos volver, cuanto antes, a vivir con la mayor normalidad posible, desarrollando plenamente las actividades que hoy se encuentran temporariamente restringidas por la pandemia. Es lo que más anhelamos y por lo cual trabajamos cada día.

A través de un comunicado, el Gobierno Nacional respondió este martes al reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia, que determinó que la Ciudad de Buenos Aires tiene autonomía para mantener la presencialidad en las aulas porteñas.

En un documento que lleva la firma del secretario de Comunicación y Prensa de la Nación, Juan Pablo Biondi, se expresó que "la sentencia de la Corte Suprema no resolvió un caso particular y concreto, sino que realiza consideraciones indicativas, toda vez que ya no se encuentra vigente el DNU cuestionado".

"El Poder Judicial no cuenta con los instrumentos necesarios para evaluar la idoneidad de los indicadores sanitarios", se agregó en otro pasaje del documento.

 

El texto completo del comunicado del Gobierno

1. Que la pandemia de Covid-19 ya ha cobrado, en el mundo, más de 3,22 millones de muertes y se han registrado más de 154 millones de contagios. En la Argentina hay más de 3 millones de casos y debemos lamentar la muerte de más de 64.800 personas.

2. Que, en todo el mundo, frente a la pandemia, las autoridades han debido adoptar en forma urgente y excepcional, medidas de cuidado que implican restricciones, incluyendo cuarentenas, limitaciones a la circulación y suspensión de clases presenciales

3. Que, en el marco de excepcionalidad que estamos viviendo, desde el año 2020 el Gobierno nacional ha debido disponer medidas imprescindibles para fortalecer el sistema sanitario -que se encontraba fuertemente debilitado- y prepararlo para enfrentar la pandemia. También ha debido tomar medidas urgentes, extendidas y anticipatorias para contener y mitigar los contagios a fin de evitar la saturación del sistema de salud con el consiguiente aumento de la mortalidad. Todas estas medidas han sido cumplidas por la gran mayoría de argentinos y argentinas, que con su esfuerzo y compromiso han logrado que no hubiera que lamentar consecuencias aún más gravosas que las que estamos viviendo.

4. Que también se han adoptado medidas necesarias de contención económica y social.

5. Que, con inusitado rigor formal, como si no estuviese en riesgo la salud pública y los derechos subjetivos que de ella derivan, como la vida, la Corte Suprema ha sostenido que, al suspender por quince días las clases presenciales en el conglomerado urbano del AMBA, el Gobierno Nacional se habría basado en «consideraciones meramente conjeturales» con insuficiente fundamentación.

6. Que es un deber y un objetivo central de este Gobierno garantizar el derecho constitucional a la educación; y sabemos, sin ninguna duda, que este derecho se ejerce con mayor plenitud cuando se desarrolla en la modalidad presencial con docentes, niños, niñas y adolescentes en las aulas.

7. Que, al momento de dictarse el DNU cuestionado, el AMBA exhibía un crecimiento exponencial de contagios mayor al que presentaba el resto del país y el sistema de salud se hallaba fuertemente tensionado, con peligro de saturación. Que también se ha verificado durante el año 2020 que la situación epidemiológica del AMBA se extiende a las demás regiones del país.

8. Que, desde el punto de vista epidemiológico y sanitario, el AMBA, como aglomerado urbano, constituye una unidad inescindible, y así lo reconocieron todas las autoridades durante la gestión de la pandemia durante el año 2020.

9. Que, en tal situación, omitir la adopción de medidas oportunas, similares a las que se adoptaron en otros lugares del mundo que registraban un crecimiento de casos mucho menor que el que exhibía el AMBA, hubiese significado aceptar un riesgo de consecuencias irreversibles para la salud pública y para la vida de las personas.

10. Que las distintas jurisdicciones se encontraban facultadas por el DNU entonces vigente para adoptar medidas a fin de mitigar los contagios que crecían en forma exponencial. Que la Ciudad de Buenos Aires, pese a contar con esa facultad, omitió adoptar medidas en ese sentido y el crecimiento de casos en el AMBA generó una situación de alarma epidemiológica y sanitaria que podía llevar, en poco tiempo, a la saturación del sistema de salud.

11. Que, ante tal situación, el Gobierno Nacional adoptó, mediante el DNU 241/2021, diversas medidas para disminuir la velocidad en la curva de contagios y, con ello, la crisis del sistema sanitario y el aumento de la mortalidad.

12. Que el gobierno Nacional fue elegido en elecciones democráticas, en el marco del Estado de Derecho, para adoptar las medidas que considera pertinentes para proteger la salud pública y la vida de las personas, así como la oportunidad, mérito y conveniencia de las mismas, en el marco de una pandemia producida por un virus que no reconoce límites políticos y que el año pasado, desde el AMBA, se extendió a todo el país.

13. Que las medidas adoptadas en el decreto mencionado fueron cumplidas por la mayoría de los argentinos y argentinas, y también por los ciudadanos y ciudadanas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, pese a que el GCBA desoyó e incumplió, en parte, la norma federal dictada.

14. Que la utilidad de las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional a través del DNU 241/2021 se verificó con la disminución de la curva de contagios en el AMBA, y en forma más marcada esta disminución se verifica en la provincia de Buenos Aires. En cambio, resulta contra fáctico y no puede verificarse qué hubiera sucedido si el Gobierno Nacional no hubiera adoptado medidas a tiempo, ante la pasividad del GCBA.

15. Que también el GCBA ha demostrado que ha constatado y comprendido, al menos en parte, la utilidad de las medidas dispuestas, en atención a las últimas disposiciones que implementó y que implican una reducción de la presencialidad en la actividad educativa y, por lo tanto, de circulación de personas, en el marco de la segunda ola de Covid-19.

16. Que la sentencia de la Corte Suprema de Justicia conocida en el día de hoy no resolvió un caso particular y concreto, sino que realiza consideraciones indicativas, toda vez que ya no se encuentra vigente el DNU cuestionado. El mismo tribunal admite, como ya lo había hecho en la Acordada 6/2020, que el Poder Judicial no cuenta con los instrumentos necesarios para evaluar la idoneidad de los indicadores sanitarios y epidemiológicos y, por lo tanto, las medidas aptas para contener los contagios.

17. Que, actualmente, se encuentra vigente el DNU 287/2021 que ha adoptado parámetros epidemiológicos y sanitarios específicos y ha calificado los distintos partidos, departamentos y aglomerados urbanos en Alto, Mediano o Bajo riesgo epidemiológico y sanitario, o en Alerta Epidemiológica y Sanitaria. En esta última clasificación se incluye a la Ciudad de Buenos Aires y a los partidos de la provincia de Buenos Aires que conforman el aglomerado del AMBA.

18. Que dicho DNU explica con claridad los motivos por los cuales se adoptan las medidas allí dispuestas y se encuentra plenamente vigente. Se trata de una norma federal que no ha sido cuestionada judicialmente por el GCBA.

19. Que el Gobierno nacional ha comunicado que, en los próximos días, enviará al Congreso Nacional, para su consideración, una ley marco para regular la gestión de esta gravísima pandemia por parte del Gobierno Nacional, de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

20. Que el Gobierno nacional siempre, y también ahora, trabaja priorizando la salud y la vida de argentinos y argentinas. Con esa convicción seguirá trabajando para traer vacunas y vacunar a los y las habitantes de nuestro país, para cuidar la salud pública y la vida, preservando la economía. Con esos objetivos exhorta a todas las personas a redoblar esfuerzos para dar cumplimiento a las medidas de cuidado y de contención de contagios. Nuestro propósito es que podamos volver, cuanto antes, a vivir con la mayor normalidad posible, desarrollando plenamente las actividades que hoy se encuentran temporariamente restringidas por la pandemia. Es lo que más anhelamos y por lo cual trabajamos cada día.

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