Qué cambios implementa el DNU de Javier Milei en materia laboral

El megadecreto de desregulación económica impulsado por el presidente, Javier Milei, modifica las relaciones entre empleadores y trabajadores. Los puntos más relevantes 👇🏽

El megadecreto de desregulación económica impulsado por el presidente, Javier Milei, modificó las relaciones laborales entre empleador y trabajador. 

Entre ellos, se destacan la ampliación del plazo de prueba a ocho meses, la posibilidad de despedir con justa causa si se bloquea o toma un lugar de trabajo y el cambio en el sistema indemnizatorio.

Contratos de trabajo

Además, el documento especificó en su artículo 71 del apartado sobre contrataciones laborales que: "El contrato de trabajo por tiempo indeterminado, excepto el referido en el artículo 96, se entenderá celebrado a prueba durante los primeros ocho (8) meses de vigencia. Cualquiera de las partes podrá extinguir la relación durante ese lapso sin expresión de causa, sin derecho a indemnización con motivo de la extinción, pero con obligación de preavisar según lo establecido en los artículos 231 y 232".

En este marco, también se estableció: "Un empleador no puede contratar a un mismo trabajador, más de una vez, utilizando el período de prueba" y agregó que "el uso abusivo del período de prueba con el objeto de evitar la efectivización de trabajadores será pasible de las sanciones previstas en los regímenes sobre infracciones a las leyes de trabajo".

Despido por "causa justa"

Por otro lado, el DNU fijó modificaciones a las causales de despido de un empleado en su artículo 80 donde se estableció como "injuria laboral grave" a la toma o bloqueo de una fábrica, planta o lugar de trabajo. 

"Configura injuria laboral grave la participación en bloqueos o tomas de establecimiento; se presume que existe injuria grave cuando durante una medida de acción directa", indicó el documento.

Otra de las causas de despido incluyen situaciones que "afecten la libertad de trabajo de quienes no adhieran a la medida de fuerza, mediante actos, hechos, intimidaciones o amenazas; y se impida u obstruya total o parcialmente el ingreso o egreso de personas y/o cosas al establecimiento".

Indemnizaciones

Asimismo, en el artículo 81 del decreto se configuran las condiciones sobre indemnizaciones por despido o antigüedad. 

"En los casos de despido dispuesto por el empleador sin justa causa, habiendo o no mediado preaviso y luego de transcurrido el periodo de prueba, se deberá abonar al trabajador una indemnización equivalente a un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de 3 meses, tomando como base de cálculo la mejor remuneración mensual, normal y habitual devengada durante el último año o durante el tiempo de prestación de servicios si este fuera menor", destacó.