El Gobierno reglamentó la Ley de Celiaquía: las normas para alimentos, prepagas y gastronómicos
El Gobierno nacional reglamentó la ley de Enfermedad Celíaca, que declara "de interés nacional" la atención e investigación de la celiaquía y establece adecuaciones para alimentos y cobertura de obras sociales y prepagas.
Según el texto publicado en el Boletín Oficial, la implementación de la ley permitirá "ampliar una mayor oferta de alimentos, convirtiéndola en un derecho para todas las personas celíacas y establecer los estándares a cumplir para garantizar que al momento de ofrecerlos sean seguros", sostuvo un comunicado de esa cartera.
La normativa amplía la identificación de alimentos y medicamentos adecuados para las personas celiacas, en base a una actualización realizada por la Anmat. Por otra parte, define los parámetros que deberán seguir los comercios de alimentos para ofrecer un Menú Libre de Gluten.
Señalética de alimentos y controles gastronómicos
La reglamentación de la ley amplía el listado oficial de Alimentos libres de gluten de 1.400 a 23.000. Se trata de productos cuyo envase se debe identificar con el logo oficial creado en 2009, cuando regía la ley anterior.
La Ley de Celiaquía también plantea la obligatoriedad de ofrecimiento de menús libres de gluten en diferentes instituciones y establecimientos.
Asimismo, prevé la incorporación de recomendaciones, medidas preventivas y controles contra el riesgo de contaminación en la "Guía de Buenas Prácticas de Manufactura - Establecimientos Elaboradores de Alimentos Libres de Gluten", aprobada por el Ministerio de Salud.
En ese sentido, exige la presentación del "Carnet de manipulador de alimentos", emitido por autoridades sanitarias, a toda persona que realice actividades por las que cual esté o pudiera estar en contacto con alimentos, en establecimientos donde se elaboren, fraccionen, almacenen, transporten o comercialicen.
Obras sociales, prepagas y medicamentos
En cuanto a la cobertura de prestadores de servicios de salud, se establece la metodología para las actualizaciones del monto de cobertura actual, que deberán ser cada 6 meses.
El monto de cobertura pasará de 2.672 a 7.806,73 pesos de acuerdo al índice de Canasta Básica de Alimentos publicada por el INDEC el 20 de abril de 2023.
Los medicamentos aptos deberán identifica si contienen o no gluten con la inscripciones "Este medicamento contiene gluten" "Libre de gluten", respectivamente.