Tevez no logró eximirse del pago del Aporte Solidario
La justicia en lo Contencioso Administrativo Federal rechazó la medida cautelar que habían presentado los representantes del futbolista Carlos Tevez para eximirse del Aporte Solidario y Extraordinario reglamentado el 18 de diciembre de 2020.
Los representantes del futbolista argumentaron que el cobro de este impuesto es "confiscatorio", ya que el aporte sería "una incidencia del 200,40% de lo que rindió el año pasado". Para esto, se realizó una acción declarativa ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para obtener una declaración de inconstitucionalidad o inaplicabilidad de la Ley 27.605, una maniobra similar a la que hizo un directivo de Globant, quien sí logró evadir el impuesto.
La Justicia terminó por rechazar los alegatos presentados por los abogados de Tevez y falló por entender el aporte solidario como una recaudación de recursos para "la satisfacción de las necesidades públicas en contexto de crisis sanitaria" en lugar de un método de confiscar el patrimonio del futbolista.
¿Qué es el Aporte Solidario Extraordinario?
El Aporte Solidario a las Grandes Fortunas es un impuesto avalado por el Congreso de la Nación con carácter de emergencia frente a la pandemia por el COVID-19.
El objetivo expresado en la ley 27.605 es fortalecer las fuentes de financiamiento estatal durante la crisis sanitaria. Este impuesto alcanza a 12 mil personas que poseen un patrimonio (dentro del país y por fuera) superior a los 200 millones de pesos.