¿Qué dice la ley de indemnización a los familiares del ARA San Juan?
El Gobierno nacional promulgó la ley de indemnización para los familiares de las víctimas del hundimiento del submarino ARA San Juan.
La ley estipula que la percepción de este beneficio se extiende a hijos e hijas, progenitores, cónyuges y convivientes. Sin embargo, según el artículo 5°, el cobro del beneficio "importa la renuncia a todo derecho por indemnización de daños y perjuicios y será excluyente de todo otro beneficio o indemnización por el mismo concepto".
Además, otro de sus artículos prevee que el beneficio "es incompatible con cualquier acción judicial en trámite, de reclamo de daños y perjuicios por parte de los y las beneficiarios y/o beneficiarias a causa del hecho" y caduca en el plazo de un año.
"La memoria y el honor para la y los 44 tripulantes será siempre nuestro faro. El acompañamiento a las familias en el pedido por verdad y justicia estará siempre vigente, y cuenta con el pleno respaldo de toda la sociedad argentina", declaró el Ministerio de Defensa a través de un comunicado.