Se promulgó la modificación al Impuesto a las Ganancias y a Bienes Personales
El Boletín Oficial promulgó las modificaciones a los impuestos de Bienes Personales y Ganancias realizadas por el Congreso Nacional. La misma había sido aprobada por el Senado hace dos semanas y estableció que los rendimientos de algunos instrumentos financieros no estarán gravados por esos impuestos. En cuanto al impuesto a las Ganancias, se eximió a los intereses generados por las inversiones en pesos de instrumentos destinados a fomentar la inversión productiva. Además, quedaron exentos los intereses por plazos fijos ajustables por créditos UVA.
Medidas de alivio fiscal
Según la resolución, los depósitos a plazo fijo y en cajas de ahorro en cualquier moneda quedan fuera de Bienes Personales. También las obligaciones negociables emitidas en moneda nacional que se ofrezcan en el mercado y cuyos fondos se apliquen a inversiones en activos físicos. Además, esto rige para los bienes de capital y adquisición de fondos de comercio situados en el país. Otras transacciones alcanzadas son: capital de trabajo en el país y refinanciación de pasivos. Por su parte, la integración de aportes de capital y a la adquisición de participaciones sociales también estarán alcanzadas por la medida.
Quedaron fuera de gravamen, los instrumentos emitidos en moneda nacional destinados a fomentar la inversión productiva. Las cuota partes de los Fondos Comunes de Inversión. También los certificados de participación y valores representativos de deuda fiduciaria de fideicomisos financieros, que hayan sido colocados por oferta pública con autorización de la CNV. En este caso, se dará con aquellos que tengan un activo subyacente principal integrado en el porcentaje que determine la reglamentación.