Ley de Góndolas: las tiendas virtuales de los supermercados deberán reordenar su exhibición
Las tiendas virtuales de los supermercados alcanzados por la Ley de Góndolas deberán reordenar sus tiendas virtuales para que los productos estén exhibidos visiblemente y debidamente señalizados.
La medida fue publicada este viernes en el Boletín Oficial. Alimentos lácteos y refrigerados (excepto carnes), productos congelados y de almacén, bebidas con y sin alcohol, artículos de perfumería y alimento para mascotas deberán ubicarse en la primera visualización del sitio web y estar ordenados del más económico al más caro. Además, deberán respetar un principio de neutralidad donde no podrá haber leyendas que destaquen un producto sobre el otro o promociones adicionales.
También deberán estar especialmente señalizados con la etiqueta "menor precio por unidad de medida" productos lácteos, conservas, pastas secas, arroz, legumbres, aceites, pan rallado, panificados, endulzantes, artículos de limpieza e higiene personal y productos de gestión menstrual. Por otro lado, los productos de elaboración acional fabricados por micro y pequeñas empresas, trabajadores de la agricultura familiar, campesina e indígena y cooperativas deberán llevar la leyenda "compre pyme" en una letra clara y legible.
La norma que lleva la firma de la secretaria de Comercio Paula Español, estableció un plazo de 60 días corridos desde este viernes para que las empresas realicen las modificaciones necesarias.