A un año del intento de magnicidio contra la vicepresidenta, Cristina Fernández, continúan los interrogantes acerca del caso.
El ataque contra la expresidenta ocurrió el 1 de septiembre de 2022 y desde entonces se abrió el debate sobre la relación entre los discursos de odio y su distribución masiva a través de las redes sociales.
Este vínculo podría ser uno de los catalizadores por el que Fernando André Sabag Montiel, miembro activo de Jóvenes Republicanos, se acercó hasta la puerta del domicilio de Fernández de Kirchner y le gatilló con una pistola Bersa calibre 7.65 milímetros.
Jóvenes Republicanos es una organización política integrante del PRO y amadrinada por la candidata a presidenta de Juntos por el Cambio, Patricia Bullrich. Dicho grupo cargaba las redes sociales con discursos de odio hacia el oficialismo, centrados en la figura de Cristina Fernández.
Qué es un discurso de odio
Los especialistas en dialéctica y redes coinciden en catalogar al discurso de odio como una nueva modalidad de autoritarismo social.
En el informe "Discursos de odio en Argentina", el Conicet otorga la siguiente definición: "Cualquier tipo de discurso pronunciado en la esfera pública que procure promover, incitar o legitimar la discriminación, la deshumanización y/o la violencia hacia una persona o un grupo de personas en función de la pertenencia de las mismas a un grupo religioso, étnico, nacional, político, racial, de género o cualquier otra identidad social".
Además, el Conicet realizó una encuesta con 3.140 personas mayores de 16 años, a los que le preguntaron sobre el valor de frenar los discursos de odio en la sociedad.
El resultado destacó que un 26,2% de los ciudadanos promoverían o apoyarían los discursos de odio, un 56,8% los reprobaría y un 17% se mostraría indiferente.
Regulación en Argentina
En nuestro país no existe una regulación específica para los discursos de odio en las redes sociales, pero están contemplados en regulaciones más abarcativas.
Ley 23.592 conocida como la "Ley Antidiscriminatoria", que establece sanciones para los actos discriminatorios basados en motivos de raza, religión, nacionalidad, ideología política o gremial, sexo, orientación sexual o identidad de género.
Por otro lado, la jurisprudencia detalla la importancia de alcanzar un equilibrio entre la libertad de expresión y la prevención de los discursos de odio sujeto a las interpretaciones y aplicaciones de estas normas.
Asimismo, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, a la que Argentina adhiere en su Constitución Nacional, resalta en su artículo 13 el derecho a la libertad de pensamiento y expresión.
Además, establece que este derecho puede estar sujeto a limitaciones legales en casos de protección de derechos de terceros, seguridad nacional, orden público y salud o moral públicas.
Finalmente, el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI) expresó la necesidad de lograr un debate en el Congreso con el objetivo de legislar acerca de los discursos de odio.